PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 788/2005

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, en la parte correspondiente a los créditos vigentes de la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía y Producción, Servicio Administrativo Financiero 357, en relación con determinados Programas.

Bs. As., 26/11/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0158314/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la distribución dispuesta en el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, se hace menester modificar los créditos vigentes del Presupuesto en la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Servicio Administrativo Financiero 357, en los siguientes Programas: 22 - "Finanzas, Bancos y Seguros", dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS; 31 – "Defensa de la Libre Competencia y el Consumidor", dependiente de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA; 47 – "Relaciones con Provincias", dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS, de la SECRETARIA DE HACIENDA, con el fin de atender compromisos contraídos oportunamente por el ESTADO NACIONAL.

Que la mencionada modificación se efectúa mediante compensación de créditos entre partidas presupuestarias de los referidos Programas.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del Artículo 11 de la Ley Nº 25.967 y en las facultades delegadas según planilla anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar