Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 1866/2005

Establécese transitoriamente un cargo tarifario identificado como "Cargo Transitorio para la Conformación del FONINVEMEM (Fondo para Inversiones Necesarias que Permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista)", a ser aplicado a la totalidad de la energía eléctrica realmente consumida por los Agentes Demandantes del Mercado Eléctrico Mayorista y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Patagónico.

Bs. As., 29/11/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0176178/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que el "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACION DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. 1427/ 2004", instituido a través de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005, establece que los fideicomisos que se constituyan a los efectos de realizar la administración económico-financiera de los fondos comprometidos en los proyectos de generación, recibirán, entre otros, los aportes del ESTADO NACIONAL, los cuales, por decisión de esta SECRETARIA DE ENERGIA, podrán constituirse con recursos provenientes de un cargo tarifario asignado a los Agentes Demandantes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que los recursos así obtenidos tienen por objeto el complementar los aportes de capital que realicen los agentes acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y/u otros inversores privados, por lo cual dicho cargo tarifario debe existir en la medida que ello sea necesario e imprescindible.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065, el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de agosto de 1982, y el Decreto Nº 186 del 25 de julio de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese transitoriamente, por un plazo de SESENTA (60) meses contados a partir del 1º de diciembre de 2005, un cargo tarifiario identificado como "CARGO TRANSITORIO PARA LA CONFORMACION DEL FONINVEMEM", a ser aplicado a la totalidad de la energía eléctrica realmente consumida por los Agentes Demandantes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), con excepción de aquella declarada por los Agentes Distribuidores de dichos Mercados como destinada a abastecer a sus Usuarios de energía eléctrica, o de los que puedan ser atendidos por otros prestadores del servicio de distribución de energía eléctrica dentro de su área de influencia o concesión, cuya demanda no supere los DIEZ KILOVATIOS (10 kW) y sea identificada como de carácter residencial en los cuadros tarifarios respectivos.

EL valor del citado cargo tarifiario se define en TRES COMA SESENTA PESOS POR MEGAVATIO HORA (3,60 $/MWh).

Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a facturar mensualmente, a partir del 1º de diciembre de 2005, el referido cargo a todos los agentes demandantes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) y a transferir la totalidad de los montos recaudados al FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA ELECTRICA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM), hasta tanto no se constituyan los fideicomisos definidos en el marco del "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACION DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. 1427/2004", momento en el cual esta SECRETARIA DE ENERGIA instruirá los pasos a seguir para la transferencia de dichos recursos desde el mencionado fondo a tales fideicomisos.

En el caso de que se realicen aportes de capital, por terceros no agentes, para la construcción de las obras previstas en el "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACION DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. 1427/2004", adicionales a los comprometidos en el mencionado ACUERDO por parte de los Agentes Generadores y del ESTADO NACIONAL, esta SECRETARIA DE ENERGIA podrá reducir el plazo de aplicación del citado cargo.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 3/2011 de la Secretaría de Energía B.O. 21/1/2011 se prorroga, "ad-referendum" del Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, por un plazo de CIENTO VEINTE (120) meses contados a partir del 1º de enero de 2011 y con un valor de TRES PESOS CON SESENTA CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (3,60 $/MWh), la aplicación transitoria del cargo establecido por la presente Resolución.)

Art. 2º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y a los ENTES REGULADORES PROVINCIALES.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Cameron.