Ministerio de Economía y Producción

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

Resolución 15/2005

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2006 del citado Instituto, actuante en el área del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 12/12/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0336354/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación el Presupuesto del Ejercicio 2006 formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos No Comprendidos en le Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprúebase el Presupuesto del Ejercicio 2006 del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II de la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 9.840.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 16.560.000) los gastos corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 6.720.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2006 en PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL ($ 7.680.000), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar