PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 859/2005

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, a fin de adecuar los créditos vigentes de la Jurisdicción 45 - Ministerio de Defensa - Subjurisdicción 23 - Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, de manera tal que se reflejen los mayores recursos previstos por sobre los calculados para el citado ejercicio, posibilitando así mismo su inversión.

Bs. As., 28/12/2005

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar los créditos vigentes de la Jurisdicción 45 — MINISTERIO DE DEFENSA — SUBJURISDICCION 23 — ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA de manera tal que se reflejen los mayores recursos que se prevén por sobre los calculados para el presente ejercicio, posibilitando asimismo, su inversión.

Que, el incremento de recursos se corresponde, en el caso del Transporte Aéreo de Fomento con un mayor producido derivado de los contratos de prestación de servicios a las Naciones Unidas, el cual esta destinado, al reequipamiento de la Unidad Sanitaria y Unidad Aérea en el marco de las operaciones MINUSTAH y UNFICIP, así como también, por la venta de componentes aeronáuticos no utilizados, considerados material excedente.

Que asimismo, se proyecta, en el ámbito del Comando de Regiones Aéreas, un aumento en las recaudaciones originadas por la incorporación de empresas aerocomerciales que operan en el país; las mayores frecuencias de vuelos semanales y/o diarios; un numero superior en inscripciones de hipotecas, contratos o prórrogas de leasing y transferencias de aeronaves, a la cual se agrega la reimplementación prevista de la tasa Global Unificada para aeronaves de reducido porte.

Que el Artículo 10 de la Ley Nº 25.967 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, impone la obligación de aportar al Tesoro Nacional el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de la mayor recaudación que se incorpore al presupuesto vigente, exceptuándose de dicha contribución a los recursos con afectación específica derivados del producido de la venta de bienes y/o servicios.

Que del incremento en cuestión solo corresponde realizar el mencionado aporte sobre los mayores ingresos del rubro ingresos no tributarios.

Que la presente medida esta amparada en las disposiciones del Artículo 10 de la Ley 25.967 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL y el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Nilda C. Garré.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar