ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 8/2006

Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 9/1/2006

VISTO la actuación SIGEA Nro. 10429- 147- 2005 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO se propone realizar modificaciones en la estructura organizativa de la Dirección Regional Norte dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, tendientes a optimizar las tareas operativas que se desarrollan en sus áreas.

Que en tal sentido se propone el desdoblamiento de la Agencia N° 16, en virtud de la necesidad de mejorar la calidad del servicio prestado a los contribuyentes y de potenciar la eficiencia de los procesos de recaudación y fiscalización.

Que por lo expuesto, resulta necesario la creación de una unidad orgánica con nivel de División y sus unidades dependientes en el ámbito de la Dirección Regional Norte.

Que la presente propuesta de modificación, cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada "Agencia N° 56", dependiente jerárquicamente de la Dirección Regional Norte, con idénticas acciones y tareas que las establecidas para sus similares en la Disposición N° 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2º — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Recaudación", "Verificaciones", "Trámites", "Cobranza Judicial" y "Servicios al Contribuyente" dependiente de la Agencia N° 56.

Art. 3º — Crear CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de Oficina denominadas "Logística y Administración" y "Sistemas", dependientes de la Agencia N° 56 y "Control de las Obligaciones Fiscales" y "Cobranza Administrativa" dependiente de la Sección Recaudación.

Art. 4º — Asignar a las unidades orgánicas creadas por los artículos 2° y 3° idénticas acciones y tareas que las establecidas para sus similares en la Disposición N° 2 (DGI) del 5 de enero de 2001.

Art. 5º — Establecer para la Agencia N° 16 la siguiente jurisdicción: Partido de San Isidro.

Art. 6º — Establecer para la Agencia N° 56 la siguiente jurisdicción: Partido de Vicente López.

Art. 7º — Establecer a partir de los ciento ochenta (180) días corridos contados desde el día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial, la puesta en funcionamiento de la Agencia N° 56 y la obligación de los contribuyentes y/o responsables, inscriptos o no, radicados en el ámbito de competencia territorial, conforme lo dispuesto en el artículo 6°, a cumplir con sus obligaciones fiscales en la mencionada dependencia.

Art. 8º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A03 y C —parte pertinente— , por los Anexos que se aprueban a través de la presente.

Art. 9º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO A03

N° 509.904