PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 881/2005

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, respecto de los créditos vigentes de la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía y Producción, a fin de que se reflejen los recursos provenientes de los desembolsos del Préstamo CAF Nº 2966 de Fuente Financiera 22 – Crédito Externo.

Bs. As., 29/12/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0311254/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, aprobado por Ley Nº 25.967 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, el Decreto Nº 617 de fecha 18 de mayo de 2004, la Resolución Conjunta Nº 102 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y Nº 26 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 23 de febrero de 2005, el Convenio suscripto entre la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y la Provincia de JUJUY de fecha 24 de febrero de 2005, la Resolución Nº 426 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 10 de agosto de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 617 de fecha 18 de mayo de 2004 se aprobó el modelo de Contrato de Préstamo destinado al financiamiento del "PROGRAMA DE CORREDORES VIALES DE INTEGRACION – FASE I", a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S 150.000.000).

Que por el Artículo 4º del mismo decreto, la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han sido designadas como Organismos Ejecutores del "PROGRAMA DE CORREDORES VIALES DE INTEGRACION – FASE I", quedando a su cargo la administración de los fondos provenientes del financiamiento de la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF).

Que el Programa comprende la realización de estudios de preinversión de obras de infraestructura ferroviaria, vial y de desarrollo integrado de la Provincia de JUJUY, cuya ejecución estará a cargo de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, de acuerdo con lo estipulado en el Convenio de Préstamo con la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), que contempla un financiamiento de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES (U$S 3.000.000).

Que por medio de la Resolución Conjunta Nº 102 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y Nº 26 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 23 de febrero de 2005, se estableció que a fin de implementar la ejecución del componente de preinversión correspondiente a la Provincia de JUJUY, la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA suscribiría un convenio de implementación con dicha Provincia, en el cual se deberá garantizar la correcta ejecución del componente de acuerdo a las directrices contempladas en el Contrato de Préstamo.

Que en fecha 24 de febrero de 2005 se suscribió el Convenio de Implementación entre la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y la Provincia de JUJUY, concluyéndose la formalización de los mecanismos institucionales tendientes a poner en marcha la ejecución del mencionado componente de preinversión.

Que el Articulo 85 de la Ley Nº 25.967 autorizó al Jefe de Gabinete de Ministros, para que en uso de las facultades del Artículo 11 de esa misma ley, asigne a la Jurisdicción 50 –MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION créditos de la Fuente Financiera 11 – Tesoro Nacional por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 1.270.000) y de la Fuente Financiera 22 – Crédito Externo por PESOS CINCO MILLONES OCHENTA MIL ($ 5.080.000) con destino al financiamiento de los estudios de preinversión del Programa CAF Nº 2966/04 "CORREDORES VIALES DE INTEGRACION. FASE I".

Que, en tal sentido, el señor Ministro de Economía y Producción, en ejercicio de las facultades delegadas por los apartados a) y b) del inciso III de la Planilla Anexa al Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, dictó la Resolución Nº 426 de fecha 10 de agosto de 2005, reasignando partidas presupuestarias para atender los gastos de Fuente Financiera 11 - Tesoro Nacional correspondientes al Ejercicio 2005.

Que, en consecuencia, resulta necesario incorporar en el Presupuesto de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION – Programa 18 "Programación Económica"- Actividad 04 "CAF Nº 2966/04 CORREDORES VIALES DE INTEGRACION FASE I" de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, las partidas presupuestarias que reflejen los recursos provenientes de los desembolsos del Préstamo CAF Nº 2966 de Fuente Financiera 22 - Crédito Externo y destinados al mencionado Componente de Preinversión, con el objeto de consolidar sus actividades previstas para el Ejercicio 2005.

Que, en función de lo establecido en el Artículo 8º de la Ley Nº 25.967, debe efectuarse una compensación crediticia por igual monto y de la misma fuente financiera, a fin de no alterar el nivel general de gastos previstos en el Presupuesto de la Administración Nacional.

Que, en función de lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nº 25.967, se faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la presente ley, sin sujeción a los Artículos 37 de la Ley Nº 24.156 y 15 de la Ley Nº 25.917 y se deja establecido que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá delegar las facultades conferidas por el presente artículo, en el marco de las competencias asignadas por la Ley de Ministerios.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en los apartados a) y c) del inciso II de la Planilla Anexa al Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005 y en los arts. 8° y 11 de la Ley N° 25.967

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar