MERCOSUR/GMC/RES. Nº 34/05

GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA (DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC Nº 27/00)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 22/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la 58a Asamblea Mundial de la Salud, WHA 58.3 del 23 de mayo de 2005, adopta el nuevo Reglamento Sanitario Internacional (2005).

Que es conveniente compatibilizar los términos que integran el glosario del Reglamento Sanitario Internacional (2005) con los de la Subcomisión de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera del SGT Nº 11 "Salud".

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar el "Glosario de Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 — Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Ministerio de Salud y Ambiente

Brasil: Ministério da Saúde

Paraguay: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Uruguay: Ministerio de Salud Pública

Art. 3 — Derógase la Resolución GMC Nº 27/00.

Art. 4 — Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 19/IV/2006.

LX GMC - Montevideo, 19/X/05

ANEXO

GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA