COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77

Resolución General 2/2006

Establécese que determinados contribuyentes incorporados al Sistema "SIRCAR", no deberán presentar las declaraciones juradas en este Sistema a partir de la primera declaración jurada presentada mediante la utilización del Software Domiciliario "Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral - SIFERE".

Bs. As., 17/1/2006

VISTO:

La Resolución General Nº 9/2005 por la que se aprueba el Software Domiciliario "Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral- SIFERE" para el cumplimiento de los requisitos de presentación jurada mensual (Formularios CM03 y CM04), para la liquidación y/o pago del impuesto y la confección de Declaración Jurada anual (Formulario CM05) por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que tributan por el régimen del Convenio Multilateral; y

CONSIDERANDO:

Que formando parte de la Declaración Jurada mensual (Formularios CM03 y CM04) los contribuyentes deberán informar el detalle nominativo de las retenciones y percepciones deducidas en dicha declaración.

Que por Resolución General Nº 77/2001 se estableció que los contribuyentes controlados por el "SICOM" (Sistema de Recaudación y Control Grandes Contribuyentes Convenio Multilateral) debían presentar una Declaración Jurada nominativa de los montos de las retenciones y percepciones deducidas en el Rubro 2 "Liquidación Mensual Final" del Formulario CM03/CM04 de "Declaración Jurada Mensual" en forma remota vía Internet en el Sistema "SIRCAR".

Que como consecuencia de ello, corresponde unificar a partir de la vigencia del Aplicativo Domiciliario "SIFERE", dichas presentaciones.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.8.77)

RESUELVE:

Artículo 1º — Los contribuyentes controlados por el SICOM (Sistema de Recaudación y Control Grandes Contribuyentes Convenio Multilateral) incorporados al Sistema "SIRCAR" para el cumplimiento de la Resolución General Nº 77/2001, no deberán presentar las declaraciones juradas en este Sistema a partir de la primera declaración jurada presentada mediante la utilización del Software Domiciliario "Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral" (SIFERE).

Art. 2º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.