Ente Nacional Regulador de la Electricidad

TARIFAS

Resolución 129/2006

Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A. durante el período comprendido entre los días 10/2/2006 y 9/3/2006.

Bs. As., 2/2/2006

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/05, la Resolución SE Nº 1063/ 05, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005 y la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/05 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/04, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/05 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/12/05 y el día 9/1/06 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, EDESUR S.A., mediante Nota de ENTRADA Nº 113.739 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 4.919.256 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 62.226.948 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE ($ 2.651.927,00) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 18.648,00); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 11.068.051 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.096.340 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 1.403.939,00) y ajustes por PESOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 40.234,00); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.748.595 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.682.718 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a $ 1.113.654 y ajustes por PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 2.856,00); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.452.139 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.973.865 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 876.382,00) y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 3.688,00); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 7.731.172 kWh en tanto el consumo en exceso con primer vencimiento en el período considerado fue de 19.921.191 kWh lo que implicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO ($ 1.871.828,00) y ajustes por PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 5.489,00); los usuarios T3 BT ahorraron 6.615.798 kWh, consumieron en exceso 20.182.897 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TREINTA Y CUATRO ($ 1.551.034,00) y ajustes por PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 12.858,00); los T3 MT ahorraron 4.848.215 kWh, consumieron en exceso 19.343.722 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.299.777,00) como así también ajustes por valor de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES ($ 9.623,00); para los usuarios de peaje en BT los ahorros alcanzaron 77.487 kWh, los consumos en exceso 307.385 kWh y los cargos afrontados PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 21.352,00); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 139.375 kWh, los consumos en exceso 2.127.549 kWh y los cargos abonados PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 146.699,00).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 113.740 EDELAP S.A. informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 4.183.400 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 7.004.746 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 294.200,00); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO ($ 11.731,00); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.133.506 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.174.836 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 200.897,00); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 15.715,00); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 265.554 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.059.419 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 135.589,00); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS ONCE MIL OCHENTA Y CUATRO ($ 11.084,00); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 33.665 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 485.420 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE ($ 45.629,00); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO ($ 9.138,00); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 1.012.948 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.798.427 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO ($ 201.424,00) mientras los ajustes fueron de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE ($ 35.127,00); los usuarios T3 BT ahorraron 652.613 kWh, consumieron en exceso 1.034.240 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 79.636,00), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO ($ 89.428,00); los T3 MT ahorraron 695.698 kWh, consumieron en exceso 2.046.893 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 151.470,00) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($ 210.804,00); en cuanto a los usuarios de peaje, se registraron ahorros de 2.901 kWh, en tanto el consumo en exceso de los usuarios de este servicio en BT fue de 6.659 kWh, y la penalización alcanzó la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO ($ 58,00).

Que, a su vez, EDENOR S.A., por medio de Nota de ENTRADA Nº 113.759, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 38.480.524 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 80.526.056 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA Y NUEVE ($ 3.382.089,00), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS MENOS UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ -1.652,00); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 10.207.915 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 9.276.513 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO ($ 1.289.461,00), mientras los ajustes fueron de PESOS MENOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ -1.852,00); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.028.081 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 8.554.420 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS NOVECIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO ($ 915.328,00), y los ajustes fueron de PESOS MENOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ -4.270,00); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 405.870 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 6.045.015 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO ($ 495.691,00), y los ajustes fueron de PESOS MENOS SEIS MIL CIENTO CUATRO ($ -6.104,00); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 7.176.617 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 15.884.601 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 1.604.352,00), y los ajustes fueron de PESOS MENOS CUARENTA Y CINCO ($ -45,00); los usuarios T3 BT ahorraron 4.769.333 kWh, consumieron en exceso 18.703.870 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE ($ 1.440.199,00), en tanto los ajustes fueron de PESOS MENOS NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ -9.377,00); los T3 MT ahorraron 6.174.689 kWh, consumieron en exceso 25.804.005 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 1.909.496,00), registrándose ajustes relacionados con la facturación por valor de PESOS MENOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES ($ - 2.673,00); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 86.535 kWh, el consumo en exceso fue de 599.108 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y UNO ($ 46.131,00); y los usuarios en MT ahorraron 449.753 kWh, consumieron en exceso 7.340.474 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO ($ 543.195,00).

Que, por otra parte, corresponde señalar que los montos que depositen las firmas Distribuidoras en los términos de lo establecido en el artículo 12º del Anexo I de la Resolución SE Nº 745/05 y del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1063/05, deberán contemplar la alícuota correspondiente al Impuesto sobre los débitos y créditos sobre cuentas bancarias, a fin de garantizar la neutralidad de este Programa para las empresas;

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6º de la Resolución SE Nº 745/05 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A. durante el período comprendido entre los días 10/2/2006 y el día 9/3/2006, que figuran como ANEXO I a esta Resolución.

Art. 2º — Los importes depositados por las empresas Distribuidoras EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A., luego del pago de las bonificaciones correspondientes a las facturas emitidas durante el período 10/2/2006 al 9/3/2006 valorizadas con los coeficientes Kp aprobados en el artículo 1º de la presente Resolución, en los términos de lo establecido en el artículo 12º del Anexo I de la Resolución SE Nº 745/05 y del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1.063/05, serán netos del impuesto sobre los débitos y créditos sobre cuentas bancarias. Junto con la acreditación de la transferencia de fondos, las empresas deberán informar el monto correspondiente a este impuesto.

Art. 3º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Art. 4º — Notifíquese a EDENOR S.A., EDESUR S.A., EDELAP S.A. y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martínez Leone. — Jorge D. Belenda. — Julio C. Molina.

ANEXO I A LA RESOLUCION ENRE Nº 129/2006

Valor unitario de bonificaciones (kp) ($ por kWh)

 

ANEXO II A LA RESOLUCION ENRE Nº 129/2006

Energía Total facturada entre el 10/12/05 el 9/1/06, Ahorro, Consumo en exceso y Resultado Neto Total