HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
Decreto 159/2006
Inclusiones en el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación durante el período de Sesiones Extraordinarias.
Bs. As., 14/2/2006
En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución de la Nación Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
ANEXO
TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
Proyecto de Ley por el cual se reforman aspectos del Fuero de Atracción en los Concursos y Quiebras, Ley Nº 24.522.
Proyecto de Ley por el cual se declara zona de desastre, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 24.959, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, a la localidad de Libertador General San Martín, Provincia de Jujuy, afectada por inclemencias climáticas que produjeron graves inundaciones el 9 de febrero de 2006.