HONORABLE CONGRESO DE LA NACION

Decreto 215/2006

Establécese la fecha y hora para la solemne apertura de las Sesiones Ordinarias del Honorable Congreso de la Nación correspondientes al año en curso.

Bs. As., 27/2/2006

En uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 8 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Señálanse las 11:00 horas del día 1º de marzo próximo para la solemne apertura de las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, correspondiente al año en curso.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 1670/2006 B.O. 17/11/2006, se prorrogan las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 29 de diciembre de 2006).