Ministerio del Interior

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Resolución 269/2006

Créase el Programa Observatorio Legislativo Electoral. Objetivo y Acciones.

Bs. As., 1/3/2006

VISTO el Expediente Nº S=2:000554/2006 del registro de este Ministerio y el Decreto Nº 258 del 24 de junio de 2003 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por las normas citadas se encomienda al MINISTERIO DEL INTERIOR asistir al Presidente de la Nación en todo lo inherente al gobierno político interno y en particular entender en lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral.

Que para un correcto desempeño de las funciones a su cargo, corresponde realizar un relevamiento periódico de los proyectos legislativos vinculados a la materia electoral y de partidos políticos, y su correspondiente seguimiento.

Que, asimismo, resulta conveniente hacer público el desarrollo del debate legislativo en la materia, poniendo a disposición de la población a través de la página web el estado parlamentario de los proyectos en consideración del Congreso.

Que la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL debe colaborar con el suscripto en el cumplimiento de las funciones ministeriales.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 103 de la CONSTITUCION NACIONAL y el 17 de la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, el PROGRAMA OBSERVATORIO LEGISLATIVO ELECTORAL cuyo Objetivo y Acciones se detallan en el ANEXO I, que forma parte de forma parte integrante de la presente.

Art. 2º — Facúltase al DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL a disponer lo necesario para la puesta en funcionamiento del Programa creado en el ARTICULO 1º de la presente.

Art. 3º — Encomiéndase a la DIRECCION GENERAL DE GESTION INFORMATICA prestar la colaboración que se le requiera en el ámbito de sus funciones.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO I

Programa Observatorio Legislativo Electoral

Antecedentes:

La ley de Ministerios encomienda al MINISTERIO DEL INTERIOR asistir al Presidente de la Nación en todo lo concerniente al gobierno político interno y en particular en lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral.

Como parte de sus funciones corresponde analizar, evaluar y proponer las modificaciones totales o parciales a la legislación electoral para adecuarlas a las necesidades del sistema institucional en orden a asegurar principios de eficiencia, transparencia, participación y auditabilidad y control de los procesos electorales.

En el ámbito de este Ministerio la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL tiene signadas entre otras acciones, la de realizar estudios y compilaciones de Proyectos de leyes, y de leyes sancionadas que se refieran a la materia electoral nacional, para proponer las reformas necesarias para la implementación y perfeccionamiento permanente de los procesos electorales.

Objetivo:

Relevar permanentemente las iniciativas en estado parlamentario sobre la materia electoral y de partidos políticos y contribuir a que la ciudadanía, los partidos políticos y los sectores legítimamente interesados tengan acceso a las mismas.

Acciones:

• Relevamiento de los proyectos legislativos concernientes a temas electorales y de partidos políticos.

• Elaboración de una base de datos en base a la información suministrada por el Departamento de Información Parlamentaria del Honorable Congreso de la Nación

• Seguimiento periódico de los mismos.

• Publicación en el sitio web del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Responsables del Proyecto:

Dra. Marcela BASTERRA

Lic. Anabela MORMINA