MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

y

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución Conjunta Nº 50/2006 y Nº 2166/2006

Bs. As., 22/2/2006

VISTO el Expediente Nº 100611/06-SSSALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO tramita la aprobación del Acta Compromiso celebrada entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE.

Que el aludido instrumento tiene como objeto llevar adelante acciones que faciliten los procesos de integración y desarrollo de las Obras Sociales y Agentes del Sistema inscriptos en el Registro Nacional del Seguro de Salud con el INCUCAI, en su carácter de organismo normatizador y fiscalizador de la actividad transplantológica en el país.

Que tales actividades conjuntas serán destinadas a la implementación, en el ámbito nacional, del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), con el objeto que las Obras Sociales y demás actores inscriptos en el Registro Nacional del Seguro de Salud accedan a la información relativa a pacientes afiliados, contenida en el Registro de Insuficiencia Renal Crónica Terminal (IRCT), listas de pacientes en espera de órganos y tejidos, Registro Nacional de Procuración y Registro Nacional de Trasplante.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES se comprometen a brindar el apoyo necesario para la obtención de la adhesión a la implementación del SINTRA, de los actores del Sistema.

Que han tomado intervención las áreas competentes de ambos Organismos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1615/96, 53/98, 96/06, 131/06 y 98/06.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

Y

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVEN

:

ARTICULO 1º — Apruébase el Acta Compromiso que se adjunta como Anexo I de la presente, suscripta entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — HECTOR ADRIAN CAPACCIOLI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud. — Dr. JUAN ANTONIO RINALDI, Gerente General, Administración de Programas Especiales.

———

NOTA: ESTA RESOLUCION SE PUBLICA SIN EL ANEXO I. LA DOCUMENTACION NO PUBLICADA PUEDE SER CONSULTADA EN LA SEDE CENTRAL DE ESTA DIRECCION NACIONAL (SUIPACHA 767 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 20/3 Nº 507.840 v. 20/3/2006