CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS

Decreto 310/2006

Desígnase Presidente del Directorio.

Bs. As., 21/3/2006

VISTO los Decretos Nros. 1661 del 27 de diciembre de 1996, 255 del 6 de febrero de 2002, y 563 del 30 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 255/02 se designó al doctor Eduardo Hernán CHARREAU Presidente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que a través del Decreto Nº 563/04 se designó al nombrado en el cargo de referencia por un nuevo período, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto Nº 1661/96.

Que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS desempeña una función estratégica en el marco del plan para el desarrollo científico y tecnológico del país que impulsa el Gobierno Nacional.

Que se debe garantizar la continuidad y profundización del proceso de transformación emprendido por el citado organismo en cumplimiento de las políticas fijadas oportunamente.

Que por los motivos expuestos y atento que al día de la fecha la designación citada ha caducado, resulta necesario prorrogar el término de la designación del doctor Eduardo Hernán CHARREAU atento la capacidad y solvencia técnica que ha demostrado en el ejercicio de su mandato, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto Nº 1661/96.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase, a partir del 6 de febrero de 2006, por un nuevo período al doctor Eduardo Hernán CHARREAU (DNI Nº 4.568.325) Presidente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, con carácter de excepción a lo establecido en artículo 12 del Decreto Nº 1661 del 27 de diciembre de 1996.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Daniel F. Filmus.