ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

SAN JUAN

Resolución EPRE Nº 061

San Juan, 20/2/2006

VISTO:

El expediente Nº 550.650/05 del registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), las Resoluciones E.P.R.E. Nº 450/04 y Nº 1334/05, la Ley Provincial Nº 7480, la Ley Provincial Nº 6668, su modificatoria y Decreto Reglamentario, la Ley Nacional Nº 25.822, el Decreto Nº 1607/04, los Contratos de Concesión de Energía San Juan S.A. y la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A.; y

CONSIDERANDO:

POR ELLO:

EL DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Establecer como valores unitarios provisorios en concepto de aportes al "Fondo Especial para la Línea de Interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan", hasta tanto se culmine con el Proceso de Revisión Tarifaria Ordinaria en curso, los que figuran en el Anexo de la Resolución E.P.R.E. Nº 1284/05, para su aplicación en las facturaciones mensuales emitidas por Energía San Juan S.A., la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A. y la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista S.A. (CAMMESA) a los usuarios encuadrados en las respectivas categorías tarifarias, para la facturación que corresponda a las lecturas de medidores desde la cero hora del 23 de enero de 2006, hasta el 30 de abril de 2006 inclusive.

ARTICULO 2º — Energía San Juan S.A., la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A. y CAMME SA deberán tener en cuenta para la facturación del Tributo los lineamientos establecidos en los artículos 4º, 5º, 6º, 8º y 9º de la Resolución E.P.R.E. Nº 450/04.

ARTICULO 3º — Téngase por Resolución del DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, al Sr. Gobernador de la Provincia de San Juan, al Sr. Ministro de Infraestructura, Tecnología y Medio Ambiente de la Provincia de San Juan, a la Secretaría de Energía de la Nación, a la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista S.A., a Energía San Juan S.A. y a la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A., a los Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) de la Jurisdicción San Juan. Fecho. ARCHIVESE. — Ing. MARCOS LUIS FACCHINI, Vicepresidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad. — Dr. Ing. JORGE RIVERA PRUDENCIO, Presidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad.

e. 22/3 Nº 508.077 v. 22/3/2006