Superintendencia de Servicios de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución 118/2006

Amplíase el ámbito de actuación de la Obra Social de Empleados de Farmacia. Déjase sin efecto la Resolución Nº 45/2006.

Bs. As., 28/3/2006

VISTO el Expediente Nº 87946/2005-SSSALUD (Cpos. 1/3); las Resoluciones Nº 10/06-SSSalud, Nº 45/06-SSSalud; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 010/06-SSSalud se inscribió a la OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE FARMACIA en el Registro Nacional de Obras Sociales, en los términos del inciso a) del artículo 1º de la Ley Nº 23.660, con el ámbito de actuación de la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA, ASOCIACION DE TRABAJADORES DE FARMACIA DE SANTA FE y ASOCIACION SINDICAL DE TRABAJADORES DE FARMACIA DE CORDOBA.

Que a través de la Resolución Nº 045/06-SSSalud se registró el Estatuto obrante a fs. 523/533 del Expediente del Visto, con expresa exclusión de la Ciudad de Mendoza y los Departamentos de Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Luján, Maipú, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, Tunuyán, Tupungato y Lavalle, todos ellos en la Provincia de Mendoza.

Que el Agente del Seguro de Salud solicitó la ampliación de su ámbito de actuación a la Provincia de Mendoza, en correspondencia con el ámbito de actuación de la ASOCIACION EMPLEADOS DE FARMACIA de Mendoza.

Que con la documentación obrante a fs. 97/170, 475/478 y 534 del Expediente del Visto el Agente del Seguro de Salud ha dado cumplimiento con los requisitos formales pertinentes.

Que a fs. 523/533 de la citada actuación la Obra Social acompaña un ejemplar de Estatuto ordenado.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96; 96/06 P.E.N. y 131/06 P.E.N.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Amplíese el ámbito de actuación de la OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE FARMACIA (RNOS 1-2750) a la Ciudad de Mendoza y los Departamentos de Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Luján, Maipú, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, Tunuyán, Tupungato y Lavalle de la Provincia de Mendoza, en consonancia con el ámbito de actuación de la ASOCIACION EMPLEADOS DE FARMACIA de Mendoza.

Art. 2º — Déjese sin efecto la Resolución Nº 045/06-SSSalud y en consecuencia regístrese el Estatuto de la OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE FARMACIA (RNOS 1-2750) obrante a fs. 523/533 del Expediente del Visto.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y oportunamente, archívese. — Héctor A. Capaccioli.