MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución Nº 133/2006

Bs. As., 29/3/2006

VISTO el Expediente S01:0102405/2006 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION tiene entre sus objetivos elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores, coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola, elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario, entre otros.

Que resulta prioritario para la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS impulsar el desarrollo y progreso integral e integrado de las diferentes áreas rurales del país.

Que es imprescindible encarar un cúmulo de acciones que favorezcan el desarrollo humano, la reconstrucción del capital social y la identidad cultural.

Que las acciones de desarrollo y promoción del sector rural no debieran ejecutarse aisladamente por los diversos organismos e instituciones con competencia en la materia, resultando conducente generar propuestas que articulen un actuar conjunto y coordinado, maximizando las capacidades institucionales en la consecución de objetivos comunes y previamente definidos.

Que la complejidad de la problemática del desarrollo en los territorios rurales y la agudización de los problemas sociales, económicos y ambientales evidencian la necesidad de articular las diversas políticas públicas con una visión similar y compartida de la realidad por los distintos actores, haciendo necesario un cambio de enfoque conceptual y operativo del modelo de intervención de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Que con fecha 18 de noviembre de 2005, en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de RIO NEGRO, el CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO se expidió en el sentido antes señalado.

Que para hacer efectivos los lineamientos estratégicos y políticos mencionados es necesario adoptar un modelo de desarrollo que sume a la competitividad de las cadenas productivas la equidad social que se materializa en la inclusión real de todos los productores cualquiera sea su escala.

Que dada la complejidad de la problemática planteada y la diversidad de actores estatales y privados involucrados en forma directa e indirecta, es necesario contar con una visión sistémica que permita la aplicación eficiente de la política de desarrollo rural y la articulación con los organismos competentes para llevar acciones transversales que involucren a todos los destinatarios de las políticas de desarrollo.

Que la Comisión de Desarrollo Rural, o la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (RIMISP), en el marco del apoyo obtenido del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO AGRICOLA, han preparado un conjunto de documentos que proponen nuevas modalidades institucionales para gestionar la política de desarrollo rural.

Que resulta de sumo interés para esta Secretaría implementar y complementar diferentes acciones, mediante la adopción de una política de integración entre los diferentes organismos del Estado Nacional, que se orienten a satisfacer necesidades sociales urgentes, la generación de empleo rural genuino y el desarrollo de capacidades productivas.

Que la presente medida no implica costo fiscal alguno ni la creación de nuevas estructuras.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION el Foro de Políticas Públicas Rurales para discutir, evaluar y proponer las políticas institucionales más apropiadas a los objetivos de desarrollo y promoción de la áreas rurales de la REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 2º — El Foro creado en el artículo precedente tendrá las siguientes tareas:

a) Proponer la unificación de criterios y prioridades, optimizando el uso de los respectivos recursos humanos, técnicos y económicos para el desarrollo de las diversas zonas rurales.

b) Proponer el desarrollo e implementación de acciones integrales conducentes a generar escenarios apropiados para propender al desarrollo y progreso de las áreas rurales.

c) Asesorar al Señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos sobre los temas referidos a la promoción de las áreas rurales.

ARTICULO 3º — Establécese un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la presente medida para que el Foro creado en el Artículo 1º produzca una recomendación respecto del tema que se le encomiende.

ARTICULO 4º — Invítase a formar parte del Foro a las siguientes personas: Licenciado D. Patricio LAMARCA (M.I. Nº 10.141.100), Ingeniero D. Carlos CHEPPI (M.I. Nº 11.350.725), Ingeniero D. Gastón BORDELOIS (M.I. Nº 4.100.151), Licenciado D. Carlos LEIBA (M.I. Nº 4.361.790), Licenciado D. Miguel CUERVO (M.I. Nº 4.380.511), Doctor D. Roberto MARTINEZ NOGUEIRA (M.I. Nº 4.298.080), Licenciada Da. Susana MARQUEZ (M.I. Nº 6.224.054), Ingeniero D. Carlos MILICEVIC (M.I. Nº 17.794.829), Ingeniero D. Rubén DAZA (M.I. Nº 11.628.958), D. Eduardo BUSSI (M.I. Nº 14.299.728) y el Ingeniero D. Alejandro LOTTI (M.I. Nº 7.613.896).

ARTICULO 5º — El Foro de Políticas Públicas Rurales será coordinado técnica y funcionalmente por el Coordinador Ejecutivo del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales Licenciado, D. Jorge Neme, M.I. Nº 7.838.558.

ARTICULO 6º — Todos los miembros del citado Foro desempeñarán sus cargos con carácter "adhonorem".

ARTICULO 7º — La medida dispuesta por la presente resolución no implica costo fiscal alguno al ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. MIGUEL SANTIAGO CAMPOS, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

e. 3/4 N° 509.042 v. 3/4/2006