LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución Nº 16/2006

Bs. As., 6/4/2006

Visto el Expediente Nº 371.423/06, la Resolución Nº 63/02, la Nota Nº 961/03 S.S.D. y la Resolución Nº 47/05, antecedentes éstos del registro de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Expediente, HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A., haciendo uso del derecho prescripto en el artículo 16.1.2 del Pliego que rige la concesión de H.A.P.S.A., solicita se sirva otorgar la autorización pertinente para captar apuestas hípicas en 400 (CUATROCIENTAS) AGENCIAS OFICIALES de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, adicionales a las que actualmente ya se encuentran en funcionamiento.

Que con fecha 5 de Junio de 2002, mediante el dictado de la Resolución Nº 63/2002 el Directorio de esta Sociedad APROBO la captación de apuestas hípicas a través de los Agentes Oficiales de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO estableciendo las pertinentes formalidades, autorizando en dicho acto que la captación de referencia se realizara en 120 Agencias Oficiales pertenecientes a la red de esta Administración.

Que, con fecha 23 de Mayo de 2003 mediante Nota Nº 961/03 de la SUBGERENCIA SECRETARIA DIRECTORIO se notificó a HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. que se había. autorizado la captación de apuestas hípicas en 180 Agencias Oficiales de esta Sociedad, adicionales a las ya existentes, encuadrando la misma en los alcances de la resolución antes mencionada.

Que, posteriormente con fecha 1 de Junio de 2005, mediante el dictado de la Resolución Nº 47/ 2005, esta Sociedad APROBO la captación de apuestas hípicas a través de los Agentes Oficiales de LOTERIA ADICIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, autorizando en dicho acto 100 (CIEN) Agencias Oficiales de esta Administración, adicionales a las existentes.

Que en esas condiciones y conceptuándose el excelente nivel de recaudación que se viene llevando a cabo por el sistema actualmente en vigencia, corresponde hacer lugar a dicho pedido, autorizando la ampliación solicitada para su instalación en otras 400 (CUATROSCIENTAS) Agencias Oficiales.

Que han tomado la intervención que les compete las GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS, FISCALIZACION Y MERCADO.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 598/90.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL S.E.

RESUELVE:

ARTICULO 1º — AUTORIZASE a HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. a la captación de Apuestas Hípicas en 400 (CUATROCIENTAS) Agencias Oficiales de esta Sociedad, adicionales a las 400 (CUATROCIENTAS) existentes, encuadrando su actividad en los términos establecidos en la RESOLUCION Nº 63/2002. de esta LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.

ARTICULO 2º — Por la SUBGERENCIA SECRETARIA DIRECTORIO, regístrese. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL. Por la GERENCIA DE FISCALIZACION, realícense las comunicaciones y demás trámites a los que hubiere lugar. Oportunamente dése conocimiento a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA. Cumplido, archívese. — Cdor. Mario Prudkin, Director. Lotería Nacional S.E. Dr. HERNAN A. DIEZ, Director. Lotería Nacional S.E. Dr. ALBERTO MARIO ARMENTANO, Director Secretario. Lotería Nacional S.E. Dr. ANDRES CIMADEVILLA, Vicepresidente. Lotería Nacional S.E.. Cdor. ROBERTO ARMANDO LOPEZ, Presidente. Lotería Nacional S.E.

e. 18/4 Nº 510.647 v. 18/4/2006