PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 190/2006

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, respecto de los créditos asignados a la jurisdicción 20- Presidencia de la Nación, Entidad 112- Autoridad Regulatoria Nuclear, en relación con las evaluaciones y fiscalizaciones regulatorias de diseño, construcción y pruebas preliminares para la puesta en marcha y operación de la Central Nuclear Atucha II, como así también la determinación de los trabajos que deben realizarse para la extensión de la vida útil de las centrales nucleares Atucha I y Embalse.

Bs. As., 3/5/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0038781/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 24.804 de la Actividad Nuclear, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que tal como lo establece la Ley Nº 24.804 de la Actividad Nuclear, la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, Organismo Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, es la encargada de prestar los servicios correspondientes para la emisión de la licencia de construcción, puesta en marcha y operación de la Central Nuclear Atucha II, como así también determinar los trabajos que deben realizarse para la extensión de la vida útil de las centrales nucleares Atucha I y Embalse.

Que en vista de la crisis energética nacional es necesario extender la vida útil de las centrales nucleares Atucha I y Embalse, y finalizar la obra de la Central Nuclear Atucha II e iniciar su operación comercial en el menor plazo posible.

Que por lo tanto resulta necesario incrementar el presupuesto asignado a la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, a fin de permitir efectuar las evaluaciones y fiscalizaciones regulatorias de diseño, construcción, pruebas preliminares y puesta en marcha de la instalación sin entorpecer el avance de obra previsto y continuar con el proceso de licenciamiento de la Central, en virtud de que no se previeron para el presente ejercicio los créditos para ello.

Que dicha modificación se efectúa por compensación con el presupuesto asignado a la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades atribuidas al señor Jefe de Gabinete de Ministros por el Artículo 10 de la Ley Nº 26.078 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.