Secretaría de Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 187/2006

Apruébase el procedimiento de contratación para la ejecución del Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes a fin de garantizar la rehabilitación de determinados servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales.

Bs. As., 23/3/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0025186/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 se aprobó el Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, para las Líneas o Grupos de Líneas correspondientes a los concesionarios y/u operadores ferroviarios.

Que por el Artículo 2º del decreto citado, se instruye a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que, en la ejecución del Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de bienes aprobado en el Artículo 1º de dicho decreto, aplique el régimen de contratación establecido en los Contratos de Concesión, sus Addendas, la normativa reglamentaria y complementaria respectiva, utilizándose la Ley de Concesiones de Obra Pública Nº 17.520, con las modificaciones introducidas por la Ley 23.696, la Ley de Obra Pública Nº 13.064, y aplicándose los procedimientos simplificados y abreviados previstos en el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en el Artículo 2º del Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000.

Que al momento del dictado de la medida y a los fines de adoptar soluciones que permitan revertir las consecuencias de la crisis económica- financiera, el GOBIERNO NACIONAL tuvo en consideración el estado de emergencia en el que se encuentra tanto la prestación de los Servicios de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, como la prestación de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, reasumidos por el ESTADO NACIONAL mediante el Decreto Nº 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004.

Que como consecuencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2075/2002, se dictó la Resolución Nº 115 de fecha 23 de diciembre de 2002 del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, prorrogada por la Resolución Nº 298 de fecha 29 de diciembre de 2003 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por la que se aprobó el Régimen de Contrataciones correspondientes a los Programas de Emergencia de Obras y Trabajos Indispensables.

Que dado el alcance de las obras aprobadas por el Artículo 1º del Decreto Nº 1683/2005 resulta necesario establecer un único procedimiento de contrataciones para la totalidad del Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes, ya sea que los mismos correspondan a la continuación y profundización de los planes de inversión en los Servicios del Area Metropolitana de Buenos Aires como a la rehabilitación de los Servicios Interurbanos.

Que, asimismo, ha puesto de relieve que la eficiencia en la gestión de las contrataciones reviste un carácter estratégico por su impacto en el empleo y en la promoción del desarrollo, por lo que el cumplimiento de todos los aspectos del proceso deben ser realizados y verificados en tiempos acordes con los planes y acciones que lleve adelante el GOBIERNO NACIONAL en función de los objetivos establecidos.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, deberá tomar intervención para verificar el cumplimiento de todos los aspectos que hacen a su competencia en los tiempos acordes con cada uno de los mecanismos que se establezcan en la presente resolución.

Que por todo lo expuesto, corresponde a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS aprobar el procedimiento de contratación para la ejecución del Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, para las Líneas o Grupos de Líneas correspondientes a los concesionarios y/u operadores ferroviarios, establecido en el Artículo 1º del Decreto Nº 1683/ 2005.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme a lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el procedimiento de contratación para la ejecución del Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, para las Líneas o Grupos de Líneas correspondientes a los concesionarios y/u operadores ferroviarios, conforme lo establecido en los Artículos 1º y 2º del Decreto 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Establécese que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS deberá tomar intervención para verificar el cumplimiento de todos los aspectos que hacen a su competencia en los tiempos acordes con cada uno de los mecanismos que se establezcan en la presente resolución.

Art. 3º — Notifíquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin el anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar