PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 281/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para integrar el capital social de la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima AR-SAT.

Bs. As., 6/6/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0157590/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nro. 26.078, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26.092 se dispuso la creación de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que se regirá por el Estatuto Social conforme al régimen establecido en la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.

Que por el Artículo 6º del citado Estatuto se fijó en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) el capital social de la mencionada empresa, representado por CINCUENTA MIL (50.000) acciones escriturales, ordinarias, de un voto por acción y valor nominal de PESOS UN MIL ($ 1.000) cada una.

Que mediante el Artículo 7º de la Ley Nº 26.092 se estableció que el NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98 %) de la participación accionaria corresponderá al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el restante DOS POR CIENTO (2 %) al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por el Artículo 5º de la Ley Nº 26.092 se autoriza al PODER EJECUTIVO NACIONAL a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para suscribir e integrar el capital social de la aludida empresa.

Que los citados Ministerios no cuentan con créditos presupuestarios financiados por el Tesoro Nacional que puedan ser reasignados para atender el mencionado compromiso.

Que se proyecta un incremento en la estimación de recursos correspondientes a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que deberá ser aportado anticipadamente al Tesoro Nacional a fin de que éste disponga de los fondos para hacer frente a la obligación asumida.

Que en consecuencia resulta necesario incrementar la contribución al Tesoro Nacional que debe efectuar la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — La COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, deberá ingresar a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la contribución incluida en la Planilla Anexa al Artículo 1º de la presente medida en DOS (2) cuotas iguales con vencimiento el 31 de julio y 31 de octubre de 2006.

Art. 3º — Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA a establecer, cuando la situación financiera del citado organismo lo justifique, fechas especiales de ingreso de la contribución al Tesoro Nacional dispuesta en la presente medida.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Julio M. De Vido.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar