ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

SAN JUAN

Resolución N° 167/2006

San Juan, 16/5/2006

VISTO:

El expediente N° 550.650/05 del registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), las Resoluciones E.P.R.E. N° 450/04 y N° 1334/05, la Ley Provincial N° 7480, la Ley Provincial N° 6668, su modificatoria y Decreto Reglamentario, la Ley Nacional N° 25.822, el Decreto N° 1607/04, los Contratos de Concesión de Energía San Juan S.A. y la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A.; y

CONSIDERANDO:

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establecer como valores unitarios provisorios en concepto de aportes al "Fondo Especial para la Línea de Interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan", hasta tanto se culmine con el Proceso de Revisión Tarifaria Ordinaria en curso, los que figuran en el Anexo de la Resolución E.P.R.E. N° 1284/05, para su aplicación en las facturaciones mensuales emitidas por Energía San Juan S.A., la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A. y la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista S.A. (CAMMESA) a los usuarios encuadrados en las respectivas categorías tarifarias, para la facturación que corresponda a las lecturas de medidores desde la cero hora del 1 de Mayo de 2006, hasta el 31 de Octubre de 2006.

ARTICULO 2° — Energía San Juan S.A., la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A. y CAMMESA deberán tener en cuenta para la facturación del Tributo los lineamientos establecidos en los artículos 4°, 5°, 6°, 8° y 9° de la Resolución E.P.R.E. N° 450/04.

ARTICULO 3° — Téngase por Resolución del DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, al Sr. Gobernador de la Provincia de San Juan, al Sr. Ministro de Infraestructura, Tecnología y Medio Ambiente de la Provincia de San Juan, a la Secretaría de Energía de la Nación, a la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista S.A., a Energía San Juan S.A. y a la Distribuidora Eléctrica de Caucete S.A., a los Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) de la Jurisdicción San Juan. Fecho. ARCHIVESE. — Dr. Ing. JORGE RIVERA PRUDENCIA, Presidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad. — Ing. MARCOS LUIS FRACCHINI, Vicepresidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad.

e. 12/6 N° 514.935 v. 12/6/2006