Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 13/2006

Supéndese temporariamente el reconocimiento de los Valles de Tulum, Ullum, Calingasta, Jachal e Iglesias, de la provincia de San Juan, como Area Libre de la Plaga Anastrepha Fraterculus.

Bs. As., 23/6/2006

VISTO el expediente Nº 137902/06 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resoluciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 y 152 de fecha 27 de marzo de 2006, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Nº 12 del 12 de agosto de 2005,

CONSIDERANDO:

Que por Disposición DNPV Nº 12 de fecha 12 de agosto de 2005, se declara como Area Libre de la Plaga Anastrepha fraterculus a los Valles de Tulum, Ullum, Calingasta, Jachal e Iglesias de la provincia de San Juan.

Que con fecha 27 de marzo de 2006 se ha detectado fruta con presencia de estados inmaduros de Anastrepha fraterculus originarias del Departamento de Iglesias, provincia de San Juan.

Que con fecha 28 de marzo de 2006 PROCEM San Juan ha iniciado las acciones previstas en la Resolución SENASA 152/06.

Que como consecuencia de las acciones mencionadas se detectaron numerosos ejemplares adultos y estados inmaduros de Anastrepha fraterculus, en el Departamento Iglesias, provincia de San Juan.

Que posteriormente también fueron detectados ejemplares de esta plaga en Jachal, provincia de San Juan.

Que en la supervisión técnica realizada por SENASA, del 15 al 18 de mayo de 2006, se detectó un ejemplar adulto de Anastrepha fraterculus en el Valle de Tulum, provincia de San Juan.

Que es necesario proteger el estatus de Area Libre de Anastrepha fraterculus de la provincia de Mendoza y Región patagónica.

Que resulta imperioso sensibilizar el sistema de detección de Anastrepha fraterculus en toda la provincia, a efectos de garantizar la ausencia de la plaga en la provincia de San Juan.

Que como consecuencia de las detecciones realizadas se hace necesario reevaluar los antecedentes técnicos que dieron base a los considerandos 5º y 6º de la Disposición DNPV Nº 12/05, en los que se afirma la imposibilidad del establecimiento de Anastrepha fraterculus como consecuencia de las condiciones climáticas rigurosas, flora y aislamiento natural.

Que en función de lo establecido en la NIMF Nº 26 "Establecimiento de Areas Libres de Plagas de Moscas de la Fruta (Tephritidae)", se puede suspender o revocar el reconocimiento de un Area Libre hasta tanto se apliquen las medidas correctivas necesarias.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente en virtud de lo prescripto por el Artículo 3 de la Resolución SENASA Nº 515 de fecha 16 de noviembre de 2001.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

Artículo 1º — Suspender temporariamente el reconocimiento de los Valles de Tulum, Ullum, Calingasta, Jachal e Iglesias de la provincia de San Juan como Area Libre de la Plaga Anastrepha fraterculus.

Art. 2º — Limítase el alcance del Artículo 1 de la Disposición DNPV Nº 12/05, hasta tanto se dé cumplimiento a las condiciones enumeradas en el ítem 2.4.2 "restablecimiento" de acuerdo a los lineamientos de la NIMF Nº 26 "Establecimiento de Areas Libres de Plagas de Moscas de la Fruta (Tephritidae)".

Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Se elaborará en forma conjunta con el PROCEM San Juan un Plan de acciones correctivas, las que se deberán implementar bajo la supervisión de SENASA, a fin de poder reestablecer el Area Libre de Anastrepha fraterculus.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, archívese. — Diana M. Guillen.