INMUEBLES
Ley 26.114
Transfiérese a título gratuito a favor de la Municipalidad de Federación, provincia de Entre Ríos, un inmueble.
Sancionada: Junio 14 de 2006
Promulgada de Hecho: Julio 06 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos
en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito a favor de la Municipalidad de Federación, provincia de Entre Ríos, el dominio del inmueble propiedad del Estado nacional identificado catastralmente como Lote Nº 2, Manzana Nº 1516 N, Planta Urbana, Ciudad de Federación, Departamento Federación; y con descripción dominial con Matricula Nº 756 N. F. U.
ARTICULO 2º — La transferencia se hará con cargo a que el Municipio de Federación emplace en dicho predio un Centro Turístico y Cultural.
ARTICULO 3º — El Poder Ejecutivo nacional, en el término de noventa días de entrada en vigencia de la presente ley, procederá a realizar los trámites necesarios a los efectos de realizar la respectiva transferencia.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
—REGISTRADO BAJO EL Nº 26.114—
ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.