CONVENIOS

Decreto 876/2006

Modificación del Decreto Nº 175/2001, en relación con la designación del Secretario de Política Económica como Director Nacional del Programa del Convenio para el Establecimiento de una Línea de Crédito para la Preparación de Proyectos PPF/003-AR, suscripto con el Banco Interamericano de Desarrollo.

Bs. As., 12/7/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0135759/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 2.211 de fecha 27 de noviembre de 1992, 441 de fecha 18 de abril de 2001, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2.211 de fecha 27 de noviembre de 1992 se aprobó el modelo de Convenio Nº PPF/003-AR, destinado al establecimiento de una línea de crédito para la preparación de proyectos, a ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que por el Decreto Nº 441 de fecha 18 de abril de 2001 se designó al señor Secretario de Finanzas como Director Nacional del Programa del CONVENIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA LINEA DE CREDITO PARA LA PREPARACION DE PROYECTOS PPF/003- AR, suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y se lo facultó para ejercer las acciones destinadas al seguimiento de las medidas de carácter institucional o de política que deben ponerse en práctica para la eficiente ejecución de la Línea de Crédito PPF/003- AR modificado, incluyendo la firma de las Cartas Acuerdo para Operaciones Individuales, la cual puede ser delegada en el o los funcionarios que el mismo designe a tal efecto.

Que a través de los Decretos Nros. 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, se aprobó un nuevo Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y los objetivos de los niveles políticos incluidos en dicho Organigrama de Aplicación.

Que mediante los Decretos Nros. 25/03 y 1.359/04, en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION, fueron transferidas a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA ciertas funciones de la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas dependientes del citado Ministerio.

Que, en ese sentido, corresponde a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

Que, en consecuencia, resulta necesario el dictado de la presente medida a fin de adecuar las funciones otorgadas a la nueva estructura organizativa instaurada por los Decretos Nros. 25/03 y 1.359/04.

Que, asimismo, resulta conveniente facultar al señor Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito a suscribir las Cartas Acuerdo para Operaciones Individuales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 4º del Decreto Nº 175 de fecha 15 de febrero de 2001 y su modificatorio, por el siguiente:

"ARTICULO 4º — Desígnase al señor Secretario de Política Económica como Director Nacional del Programa del CONVENIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA LINEA DE CREDITO PARA LA PREPARACION DE PROYECTOS PPF/003- AR, suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Para el cumplimiento de su función, el señor Secretario de Política Económica queda facultado para ejercer las acciones destinadas al seguimiento de las medidas de carácter institucional o de política que deban ponerse en práctica para la eficiente ejecución de la Línea de Crédito PPF/003- AR, lo que incluye la firma de las Cartas Acuerdo para Operaciones Individuales, las cuales podrán ser suscriptas asimismo, en forma indistinta, por el señor Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito."

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.