Ministerio de Economía y Producción

REGIMEN FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL

Resolución 554/2006

Prorrógase el plazo establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1382/2005, a fin de posibilitar el dictado de normas correspondientes a todas las Jurisdicciones adheridas al mencionado Régimen creado por la Ley Nº 25.917.

Bs. As., 14/7/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0204400/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.917 y 25.967, y el Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 26 de la Ley Nº 25.917 establece en su párrafo segundo que el PODER EJECUTIVO NACIONAL instrumentará un régimen de compensación de deudas entre las jurisdicciones participantes del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, a partir de la vigencia de la ley.

Que por su parte, la Ley Nº 25.967 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, faculta en su Artículo 17 al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar el saneamiento definitivo de la situación financiera entre cada una de las Provincias, la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y el ESTADO NACIONAL en el marco del Régimen de Compensación previsto en el Artículo 26 de la Ley Nº 25.917.

Que en dicho marco se dictó el Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005 cuyo Artículo 1º establece que el Régimen de Saneamiento definitivo de la situación financiera entre el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES adheridas o que adhieran al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, tendrá como objetivo facilitar la extinción de las obligaciones recíprocas que se encontraren pendientes.

Que el Artículo 4º del Decreto Nº 1382/05 dispone que dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días de su publicación, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES podrán manifestar su voluntad de participar del Régimen a través de la norma legal que corresponda.

Que el Decreto Nº 1382/05 fue publicado en el Boletín Oficial el día 9 de noviembre de 2005, y habiendo vencido el plazo establecido en el Artículo 4º antes mencionado, no han dictado las normas correspondientes la totalidad de las Jurisdicciones adheridas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal creado por la Ley Nº 25.917.

Que el Artículo 19 del Decreto Nº 1382/05, establece que "El MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION será la Autoridad de Aplicación del presente Régimen, facultándose a su titular a extender los plazos indicados en los Artículos 4º y 6º de esta medida; a dictar las normas interpretativas, reglamentarias, aclaratorias y complementarias del presente Régimen".

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el marco del Artículo 19 del Decreto Nº 1382/05.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase el plazo establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005 por NOVENTA (90) días a contar a partir de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.