Ministerio de Salud

BECAS

Resolución 1052/2006

Becas "Ramón Carrillo-Arturo Oñativia" a otorgarse en el período 2007. Becas a nivel de servicios de salud, en investigaciones clínicas y operativas de iniciación y perfeccionamiento y de investigación sobre programas sanitarios con apoyo institucional. Número de becas y montos.

Bs. As., 14/7/2006

VISTO el Expediente Nº 1-2002-10065/06-4 del registro del ex-MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y las Resoluciones Ministeriales Nº 392 del 12 de julio de 2002 y Nº 1221 del 5 de noviembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 282/00 se crea un Sistema de Becas de Investigación para Profesionales denominadas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA".

Que mediante Resolución Ministerial Nº 170 de fecha 25 de marzo de 2002 se constituyó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD de este Ministerio la COMISION NACIONAL DE PROGRAMAS DE INVESTIGACION SANITARIA (CONAPRIS) con el propósito de fijar las Políticas y Estrategias sobre las Becas de Investigación.

Que por Resolución Ministerial Nº 612 de fecha 8 de mayo de 2006 se modificó la Coordinación de la COMISION NACIONAL DE PROGRAMAS DE INVESTIGACION SANITARIA (CONAPRIS).

Que a través de la Resolución Ministerial Nº 392/02, se establecieron características diferentes para las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" y se fijaron las prioridades de los Programas de Investigaciones.

Que a propuesta de CONAPRIS se establecen nuevas áreas prioritarias para el desarrollo de investigaciones a partir de 2005 que se fijaron por la Resolución Ministerial Nº 1221 de fecha 5 de noviembre de 2004.

Que es objetivo de este Ministerio que las investigaciones en ciencias de la salud lo sean, para promover el desarrollo de conocimientos y la resolución de problemas, transformándose de ese modo en Investigaciones estratégicas que sirvan por un lado a la salud de la población y por otro que permitan la fijación de políticas del Ministerio que le compete.

Que cabe agrupar al conjunto de las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" que se otorgarán para el período 2007 de acuerdo a los ejes temáticos previstos.

Que se han agrupado como becas individuales a Nivel de Servicios de Salud (Hospitales y Centros de Atención Primaria), de iniciación y perfeccionamiento en investigación clínica u operativa, y por otra parte becas sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.

Que la ejecución de las Becas señaladas en la presente Resolución aseguran un mejor y eficiente desarrollo de los recursos humanos en salud mediante la formación de jóvenes investigadores.

Que de acuerdo a los resultados de estas investigaciones estratégicas se tomarán decisiones en políticas de salud.

Que tal como lo propone la CONAPRIS es conveniente realizar el llamado a concurso en consonancia con el año académico de actividad.

Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por la "Ley de Ministerios – T.O 1991", artículo 23, modificada por su similar Nº 25.233, del Decreto Nº 438/92, del Decreto Nº 355/02, la Decisión Administrativa Nº 24/02 y la Resolución Ministerial Nº 233/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Agrúpense las Becas individuales "RAMON CARRILLO – ARTURO OÑATIVIA" a otorgarse en el período 2007 de la siguiente forma:

a) Becas a Nivel de Servicios de Salud (Hospitales y Centros de Atención Primaria de la Salud) Becas "RAMON CARRILLO – ARTURO OÑATIVIA" en Investigaciones Clínicas y Operativas de Iniciación y Perfeccionamiento.

b) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.

Art. 2º — Apruébanse el número de becas y sus respectivos montos para las categorías de becas definidas en el artículo precedente según las modalidades establecidas en el ANEXO I de la presente Resolución.

Art. 3º — Asígnese a la CONAPRIS, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD, las funciones de realizar la organización de las becas, la designación de jurados, la elaboración de la reglamentación de las condiciones para la inscripción, y la reglamentación de las Becas de Investigación.

Art. 4º — Instrúyase a la CONAPRIS para que dé cumplimiento a lo señalado en el artículo anterior a efectos de abrir la inscripción de las citadas Becas a partir del 17 de julio y hasta el 31 de agosto de 2006; y para que una vez concluido el proceso de selección se proponga y se eleve al Sr. Ministro de Salud y Ambiente los nombres de los beneficiarios elegidos con la descripción de los proyectos y las fechas de iniciación que deberán estar resueltos antes del 1º de Abril de 2007.

Art. 5º — El gasto que demande la ejecución de las Becas individuales previstas en la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias específicas del ejercicio correspondiente al año 2007 (Programa 19, Actividad 1, Inciso 5.1.3). Sujeto a limitación en función de la capacidad financiera con que se cuente.

Art. 6º — Los estipendios se abonarán en DOS (2) pagos semestrales requiriendo la aprobación de CONAPRIS para el segundo pago semestral.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Ginés M. González García.

ANEXO I

• Becas individuales a Nivel de Servicios de Salud (Hospitales y Centros de Atención Primaria de la Salud) Becas "RAMON CARRILLO – ARTURO OÑATIVIA" en Investigaciones Clínicas y Operativas de Iniciación y Perfeccionamiento.

Beca de Iniciación:

Monto total: PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ 19.420.-). Se distribuirán de la siguiente manera: PESOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 16.560.-) anuales, lo que corresponde a PESOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 1.380.-) por mes para el beneficiario de la Beca; Y PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 2.860.-) para la adquisición de insumos. Esta Beca es para investigadores de edad igual o menor a TREINTA Y CINCO (35) años. Cantidad de Becas Iniciación: CUARENTA (40) becas: Distribuidas en DIECISESIS (16) becas para el Interior del país y VEINTICUATRO (24) becas para Capital Federal y Rosario.

Becas de Perfeccionamiento:

Monto total: PESOS VEINTITRES MIL CIEN ($ 23.100.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS ($ 19.800.-) anuales, lo que corresponde a PESOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($1.650.-) por mes para los Beneficiarios de la Beca; Y PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300.-) para la adquisición de insumos. Esta Beca es para investigadores de edad igual o menor a CUARENTA Y CINCO (45) años.

Cantidad de Becas de Perfeccionamiento: VEINTE (20) becas: Distribuidas en OCHO (8) becas para el interior del país y DOCE (12) becas para Capital Federal y Rosario.

Monto total para Becas individuales a Nivel de Servicios de Salud: PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 1.238.800.-).

• Becas individuales de Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.

Monto total: PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 19.300.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS ($ 13.800.-) anuales, lo que corresponde a PESOS MIL CIENTO CINCUENTA ($ 1.150.-) por mes para los beneficiarios de la Beca; PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200.-) para la adquisición de insumos; Y PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300.-) destinados a la Contraparte Institucional. Esta Beca es para investigadores edad igual o menor a CINCUENTA (50) años.

Cantidad de Becas: VEINTIDOS (22).

Monto total para Becas individuales sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional: PESOS CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 424.600.-).