MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 705/2006

Establécese que la Secretaría de Trabajo intervendrá en nombre y representación del citado Ministerio, en todos los trámites relativos a la implementación y desarrollo de Programas de Propiedad Participada.

Bs. As., 14/7/2006

VISTO el Expediente Nº 1.171.900/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 2686 de fecha 20 de diciembre de 1991 y sus modificatorias, 584 de fecha 1º de abril de 1993 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorias, y la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1 de fecha 2 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1 de fecha 2 de enero de 1998 se dispuso que la Dirección General de Asuntos Jurídicos intervenga en su nombre y representación en todos los trámites relativos a la implementación de los Programas de Propiedad Participada, en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 2686 del 20 de diciembre de 1991 y Nº 584 de fecha 1 de abril de 1993.

Que teniendo en cuenta los objetivos asignados a la SECRETARIA DE TRABAJO por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorias, la incidencia de la implementación de dichos Programas en el campo de las relaciones laborales y toda vez que dicha actuación importa una gestión activa no consultiva, se estima pertinente reasignar tales funciones en el citado órgano, como ámbito natural de competencia.

Que sin perjuicio de la decisión que por la presente resolución se instrumenta, corresponderá al Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente de la Jurisdicción su intervención como cuerpo consultivo, en los términos del Decreto Nº 628 de fecha 13 de junio de 2005 en materia de asesoramiento legal y controversias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — La SECRETARIA DE TRABAJO intervendrá en nombre y representación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en todos los trámites relativos a la implementación y desarrollo de los Programas de Propiedad Participada, en uso de las facultades que le otorgan los Decretos Nº 2686 del 20 de diciembre de 1991 y sus modificatorias y Nº 584 del 1º de abril de 1993.

Art. 2º — Derógase la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1 del 2 de enero de 1998.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.