Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA

Resolución 1125/2006

Impleméntase el "Programa Nacional de Infraestructura Penitenciaria", en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Objetivos. Acciones.

Bs. As., 21/7/2006

VISTO el Decreto Nº 1183 del 4 del diciembre de 2003, la Resolución MJSyDH Nº 641 del 29 de junio de 2004, el Convenio de Cooperación Mutua suscripto entre este Ministerio y el Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios incorporado a este registro con el Nº 321 del 16 de febrero de 2006, y el Decreto Nº 910 del 18 de julio de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del decreto indicado en el Visto se aprobó el "PLAN DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA" instruyendo a este Ministerio y a la entonces SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENITENCIARIOS a implementar, desarrollar y ejecutar, con carácter urgente, el referido Plan.

Que a su vez, por el artículo 2º del mismo decreto se estableció que debería coordinarse con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS los procedimientos licitatorios a partir del Programa de Necesidades que elaborara la Secretaría antes mencionada.

Que, a los fines de cumplir con ese objetivo y dado el carácter eminentemente técnico de las tareas encomendadas se consideró necesario contar en el ámbito de esa Secretaría con un Programa específico, que reuniera al personal idóneo con la formación adecuada, y experiencia en el trabajo de campo para poder lograr los objetivos del Programa en el menor tiempo posible.

Que así, por Resolución MJSyDH Nº 641 del 29 de junio de 2004 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA que, a partir de la organización funcional aprobada por el Decreto Nº 988 del 19 de agosto de 2005, funciona en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.

Que, en ese marco fueron suscriptos diversos convenios con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta que con fecha 16 de febrero de 2006 se acordó con el Titular de aquella Cartera que, en esta jurisdicción se llevaría adelante el proceso de selección del contratista para llevar a cabo la construcción de las obras que expresamente se indican en el Anexo I del referida convenio, en base a la documentación técnica que al efecto se elaborará en este Ministerio, tales como los Pliegos de Condiciones Generales, Pliegos de Cláusulas Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas, Cómputo, Programa de Necesidades, etc.

Que dicho convenio fue ratificado por el Decreto Nº 910/06, por el que asimismo se delegaron en este Ministerio las facultades previstas en la Ley Nº 13.064 para la ejecución de las obras detalladas en el mencionado Anexo I, autorizándose al suscripto a delegar las facultades de las que se trata, en funcionarios de la jurisdicción competentes en la materia.

Que para llevar a cabo ese cometido y asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas resulta imprescindible reordenar y fortalecer el Programa creado por la resolución arriba invocada, estableciendo claramente sus objetivos.

Que a los fines de una adecuada técnica legislativa, corresponde establecer expresamente las acciones que tendrá a su cargo el referido Programa, dejando sin efecto la Resolución MJyDH Nº 641 del 29 de junio de 2004 y sus modificatorias.

Que asimismo, corresponde asignar la dirección del Programa en cuestión a un profesional idóneo para cumplir ese cometido.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º, inciso b), punto 9) de la Ley de Ministerios t.o. 1992, en el artículo 2º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y en el artículo 2º del Decreto Nº 910 del 18 de julio de 2006.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Impleméntase en el ámbito de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS el "PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA" con dependencia funcional de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS. Dicho Programa tendrá como objetivo la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias federales.

Art. 2º — Serán acciones del PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA, las siguientes:

a) Asistir al Subsecretario de Asuntos Penitenciarias en la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias.

b) Analizar la infraestructura carcelaria y penitenciará del sistema federal a fin de mantener permanentemente actualizado el cuadro de necesidades conforme criterios de regionalización, de requerimientos de la legislación y de evolución de la población penal, tanto en sus valores globales como en los discriminados por situación legal, sexo, edad y según períodos de la progresividad del régimen penitenciario.

c) Desarrollar estudios previos y evaluar planes, programas y proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema penitenciario federal.

d) Brindar asesoramiento y asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten, aportando respuestas actualizadas en materia de arquitectura penitenciaria.

e) Elaborar programas de necesidades arquitectónicas propiciando modelos de gestión tendientes a la optimización del uso de la infraestructura carcelaria existente y a la incorporación de modernas tecnologías.

f) Confeccionar los pliegos de condiciones generales, cláusulas especiales, especificaciones técnicas, cómputo y presupuesto para la contratación de la construcción de establecimientos carcelarios y penitenciarios, como así también para los servicios de mantenimiento, equipamiento y modificaciones edilicias.

g) Asistir en las contrataciones de obras públicas que se lleven a cabo en el ámbito de este Ministerio.

h) Ejercer la inspección de las obras mencionadas en el inciso anterior.

Art. 3º — El PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTRA PENITENCIARIA podrá solicitar la colaboración de otros organismos técnicos o científicos vinculados con las tareas a desarrollar.

Art. 4º — Asígnase al arquitecto Néstor MAGARIÑOS (DNI Nº 10.127.294), la dirección del "PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA".

Art. 5º — El director del Programa deberá elevar al suscripto a través del Subsecretario de Asuntos Penitenciarios, el primer día hábil de cada mes, un informe con el detalle de la actividad desarrollada.

Art. 6º — Déjase sin efecto la Resolución de este Registro Nº 641 del 29 de junio de 2004.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. B. Iribarne.