PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 437/2006

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, en la parte correspondiente al Programa 93 "Asistencia Financiera para Obras Públicas en Provincias-Préstamos 830/OCAR y 932/SF-AR", a efectos de adecuarlo las actuales necesidades operativas para cumplir con los fines y objetivos del mencionado Programa.

Bs. As., 1/8/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0036837/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA SERVICIOS, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 56 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en la parte correspondiente al Programa 93 "Asistencia Financiera para Obras Públicas en Provincias – Préstamos 830/OC – AR y 932/SF – AR" a efectos de adecuarlo a las actuales necesidades operativas para cumplir con los fines y objetivos del mencionado Programa.

Que la UNIDAD AUDITORIA INTERNA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, intervino de conformidad con los términos del Artículo 9º del Decreto Nº 502/94 y las aclaraciones de la Disposición del Señor Subsecretario de Presupuesto Nº 110/94.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2006, en la parte correspondiente al Programa 93 "Asistencia Financiera para Obras Públicas en Provincias – Préstamos 830/OC – AR y 932/SF – AR" que se ejecuta en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Julio M. De Vido.

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NOTA: Las Planillas Anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar