PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 481/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de aportar los recursos financieros necesarios para la ejecución del Programa Nacional de Desarrollo Infantil - Primeros Años.

Bs. As., 1/8/2006

VISTO el Expediente Nº 13.982/05 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley Nº 26.078 de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2006, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 19 de Enero de 2006, el Convenio de Colaboración entre los MINISTERIOS DE SALUD; DE DESARROLLO SOCIAL; DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA y el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION – Convenio MECyT Nº 932, suscripto con fecha 28 de noviembre de 2005, y el Decreto Nº 533 del 24 de mayo de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, por intermedio de los organismos signatarios del Convenio mencionado en el Visto, puso en marcha el PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO INFANTIL – PRIMEROS AÑOS, cuyo objetivo general es la integración de recursos y acciones que promuevan el fortalecimiento de las familias en su rol protagónico en la atención y el cuidado de los niños.

Que mediante el instrumento citado las partes se comprometieron a aportar los recursos financieros necesarios y a transferirlos al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de responsable de su ejecución.

Que mediante el Acta Complementaria Nº 1 del mencionado Convenio, suscripta el 2 de marzo de 2006 (Acta Complementaria Nº 149/ 06), el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA y los demás organismos intervinientes se comprometieron, entre otras acciones, a aportar la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) cada uno, para cubrir los gastos que demande la implementación y ejecución del mencionado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO INFANTIL – PRIMEROS AÑOS.

Que el artículo 8º de la Decisión Administrativa citada en el visto estableció que el financiamiento que la Administración Central otorgue con Recursos del TESORO NACIONAL mediante transferencias, aportes de capital y asistencia financiera reintegrable a Empresas Públicas Nacionales, definidas en el inciso b) del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, deberá asignarse presupuestariamente en la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que por el citado Decreto Nº 533 del 24 de mayo de 2005 se le encomienda al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la organización, implementación y realización de actividades de producción y emisión de programas de televisión educativa y multimedial destinados a fortalecer y complementar las políticas nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación, estableciendo que las mencionadas acciones se llevarán a cabo por medio de EDUC.AR S.E.

Que la modificación propiciada es procedente en virtud de las facultades establecidas por el artículo 10 de la Ley 26.078 de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2006 y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, Incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Daniel F. Filmus.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar