ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución 12.184/2006

Modificación de la Resolución Nº 2048/2003, en relación con el Programa de Cobertura de Factores de Coagulación para Pacientes bajo Tratamiento Profiláctico de la Hemofilia.

Bs. As., 10/8/2006

VISTO las Resoluciones Nº 155/02, Nº 5666/03 y 2048/03 del registro de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución citada en el VISTO aprueba el Programa de Cobertura de Factores de Coagulación para Pacientes bajo Tratamiento Profiláctico de la Hemofilia.

Que el punto 2) del Anexo II establece que el otorgamiento del subsidio se efectuará de conformidad a lo establecido por la Resolución Nº 155/02 - APE.

Que la metodología de pago impuesta por el artículo 5º de la Resolución citada en el CONSIDERANDO anterior ha sido derogada por el artículo 1º de la Resolución Nº 5666/03 - APE.

Que por las razones expuestas se hace necesario proceder a la modificación del punto 2) del Anexo II fijando la metodología de otorgamiento del subsidio solicitado.

Que teniendo en cuenta la patología que se trata y el alto costo de su tratamiento, se cree conveniente fijar una entrega inicial por los primeros seis meses de tratamiento y una vez rendido los mismos otorgar el saldo del período total solicitado.

Que han intervenido las áreas de competencia.

Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y 98/06,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el punto 2) del Anexo II de la Resolución Nº 2048/03 - APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "2. Cumplidas las condiciones exigidas para acceder al apoyo financiero, la APE procederá a otorgar el subsidio por el cincuenta por ciento (50%) del monto acordado por la Gerencia de Prestaciones. Para el cobro del saldo restante el Agente del Seguro de Salud deberá rendir cuentas del monto otorgado, de conformidad a lo prescripto en la Resolución 7800/03 - APE.".

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Juan A. Rinaldi.