(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 691/2006 de la Secretaría de Transporte B.O. 11/9/2006 se suspende el llamado a Licitación Pública de propuestas para la prestación de servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional e internacional. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial).

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 635/2006

Bs. As., 14/8/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0063414/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 11 de fecha 7 de enero de 2005 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se tuvieron por resueltos, a partir del 25 de octubre de 2002, la totalidad de los permisos oportunamente adjudicados a la firma ATAHUALPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que asimismo, la resolución mencionada en el considerando anterior autorizó —en forma provisoria y a título precario— a DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para la prestación de los servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros de Carácter Interjurisdiccional e Internacional resueltos a ATAHUALPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA conforme lo expuesto en el considerando anterior, con el objeto de garantizar la continuidad de los servicios públicos en cuestión, así como también, la preservación de las fuentes de trabajo involucradas.

Que por su parte, el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por sus similares Nros. 808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002, estableció el régimen jurídico aplicable al transporte por automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional, disponiendo en su Artículo 21 la previa substanciación del procedimiento de Licitación Pública para el otorgamiento de permisos de explotación de servicios públicos, sobre la base de los requisitos que se establezcan en los respectivos Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

Que el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el Llamado a Licitación Pública para el establecimiento de servicios públicos de transporte automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional, fue aprobado como Anexo de la Resolución Nº 162 del 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que por otro lado, de conformidad con lo establecido en las NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA EXPLOTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERNACIONAL aprobadas por la Resolución Nº 202 de fecha 6 de mayo de 1993 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Autoridad de Aplicación debe promover la Licitación Pública para cubrir las frecuencias de participación nacional en las líneas acordadas, en consonancia con los principios establecidos en el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (ATIT), inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), de acuerdo a los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980, puesto en vigencia por la Resolución Nº 263 del 16 de noviembre de 1990 de la ex- SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que como Anexo de la Resolución Nº 161 del 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el Llamado a Licitación Pública para el establecimiento de servicios públicos de transporte automotor de pasajeros por carretera de Carácter Internacional.

Que con fecha 12 de enero de 2005 se solicitó a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la confección y remisión de los pliegos de condiciones particulares de los permisos que fueran resueltos a la empresa ATAHUALPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya respuesta fuera adjuntada con fecha 20 de enero de 2005.

Que con fecha 8 de febrero de 2005 se requirió a la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR el listado del personal afectado a la empresa mencionada en el considerando anterior, listado que fuera remitido mediante Nota de fecha 11 de febrero de 2005.

Que en orden a lo expuesto, es menester proceder a efectuar el correspondiente Llamado a Licitación Pública de propuestas para el otorgamiento de los permisos de explotación de los servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional e Internacional, que fueran oportunamente resueltos a ATAHUALPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y otorgados a título precario y provisorio a DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que las actuales circunstancias del país en materia de empleo y la política del GOBIERNO NACIONAL tendiente a priorizar la preservación de las fuentes laborales, motivan la decisión de comprometer a las empresas que resulten adjudicatarias a la absorción del personal en relación de dependencia involucrado en las prestaciones que se licitan.

Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION opinó, refiriéndose a un recaudo similar, que "... la cláusula mencionada..., está encaminada a prevenir o impedir los graves daños económicos y sociales susceptibles de ser originados por la desocupación...", y que tal cláusula "... tiende a evitar el eventual despido masivo del personal afectado al establecimiento". (Dictámenes de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION 128:127).

Que a su vez, ha menester que las empresas que resulten adjudicatarias se comprometan a la implementación del Programa de Seguridad de conformidad con lo previsto en el Artículo 26 del Anexo de la Resolución Nº 162/2002 y en el Artículo 26 del Anexo de la Resolución Nº 161/2003, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades establecidas en el Decreto Nº 958/92, modificado por su similar Nº 808/95, la Resolución Nº 263/90 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que hizo efectiva la puesta en vigencia del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE, inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), conforme los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980 y el Decreto Nº 1142/2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Déjanse sin efecto los Artículos 31 "Recepción de la Oferta" de los Anexos aprobados por las Resoluciones Nº 162 del 8 de noviembre de 2002 y Nº 161 del 7 de marzo de 2003, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, para las licitaciones que se disponen por la presente resolución.

ARTICULO 2º — Llámase a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional e Internacional, conforme las prescripciones establecidas en el Anexo aprobado por Resolución Nº 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION y en el Anexo de la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION, según las pautas fijadas en el PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, en los siguientes corredores de tráfico: a) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) – SAN PEDRO (PROVINCIA DE JUJUY), b) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) – SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY), c) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY), d) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - HUMAHUACA (PROVINCIA DE JUJUY), e) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - PERICO (PROVINCIA DE JUJUY), f) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN (PROVINCIA DE JUJUY), g) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - LA QUIACA (PROVINCIA DE JUJUY), h) SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY) - SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA), i) SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY) - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (PROVINCIA DE SALTA), j) GENERAL GÜEMES (PROVINCIA DE SALTA) - LOS MANANTIALES (PROVINCIA DE JUJUY), k) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY), l) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN SALVADOR DE JUJUY (PROVINCIA DE JUJUY), m) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) - CORDOBA (PROVINCIA DE CORDOBA), n) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) - CIUDAD DE BUENOS AIRES y o) SALTA (PROVINCIA DE SALTA - REPUBLICA ARGENTINA) – ANTOFAGASTA (REPUBLICA DE CHILE) a través del Paso Fronterizo Huaytiquina.

ARTICULO 3º — Llámase a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional e Internacional, conforme las prescripciones establecidas en el Anexo aprobado por Resolución Nº 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION y en el Anexo de la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION, según las pautas fijadas en el PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución, en los siguientes corredores de tráfico: a) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - AGUAS BLANCAS (PROVINCIA DE SALTA), b) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (PROVINCIA DE SALTA), c) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - EMBARCACION (PROVINCIA DE SALTA), d) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA), e) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - TARTAGAL (PROVINCIA DE SALTA), f) SALTA (PROVINCIA DE SALTA – AGUAS BLANCAS (PROVINCIA DE SALTA), g) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (PROVINCIA DE SALTA), h) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA), i) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - TARTAGAL (PROVINCIA DE SALTA), j) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (PROVINCIA DE SALTA), k) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - TARTAGAL (PROVINCIA DE SALTA), l) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) - CORDOBA (PROVINCIA DE CORDOBA), m) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) – CIUDAD DE BUENOS AIRES y n) SALTA (PROVINCIA DE SALTA -REPUBLICA ARGENTINA) - YACUIBA (REPUBLICA DE BOLIVIA) a través del Paso Fronterizo Salvador Mazza - Yacuiba.

ARTICULO 4º — Llámase a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de Carácter Interjurisdiccional e Internacional, conforme las prescripciones establecidas en el Anexo aprobado por Resolución Nº 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION y en el Anexo de la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION, según las pautas fijadas en el PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo III forma parte integrante de la presente resolución, en los siguientes corredores de tráfico: a) TARTAGAL (PROVINCIA DE SALTA) - SAN MIGUEL DE TUCUMAN (PROVINCIA DE TUCUMAN), b) SAN MIGUEL DE TUCUMAN (PROVINCIA DE TUCUMAN) - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (PROVINCIA DE SALTA), c) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) -FORMOSA (PROVINCIA DE FORMOSA), d) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) - CORDOBA (PROVINCIA DE CORDOBA), e) SALVADOR MAZZA (PROVINCIA DE SALTA) - CIUDAD DE BUENOS AIRES, f) SALTA (PROVINCIA DE SALTA) - CIUDAD DE BUENOS AIRES y g) SALTA (PROVINCIA DE SALTA - REPUBLICA ARGENTINA) - ASUNCION (REPUBLICA DEL PARAGUAY) a través del Paso Fronterizo Puente San Ignacio de Loyola.

ARTICULO 5º — Los oferentes deberán comprometer la implementación del programa de seguridad del pasaje previsto en el Artículo 26 del Anexo aprobado por Resolución Nº 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION y en el Artículo 26 del Anexo aprobado por la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION, de acuerdo con los compromisos incluidos en los respectivos pliegos de condiciones particulares.

ARTICULO 6º — Cada uno de los oferentes deberá garantizar la absorción del personal en relación de dependencia, de conformidad con los compromisos incluidos en los respectivos pliegos particulares. A los fines de la iniciación de los servicios, quienes resulten adjudicatarios deberán presentar un convenio conjunto homologado por la autoridad administrativa competente que garantice la absorción de la totalidad del personal en relación de dependencia, —reconociendo la categoría, la situación de revista, antigüedad y demás beneficios derivados de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 460/ 73— que se incluye en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 7º — La apertura de las ofertas tendrá lugar el día 12 de septiembre de 2006 a las QUINCE Y TREINTA (15.30) horas en la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR - Hipólito Yrigoyen 250 - Piso 12 - Oficina 1229 - CAPITAL FEDERAL. Las ofertas podrán ser presentadas el día y en el lugar indicado desde las TRECE (13) horas y hasta la hora de apertura. A partir de la hora fijada para la apertura de las ofertas no podrán recibirse otras aún cuando el acto de apertura no se hubiera iniciado.

ARTICULO 8º — A los efectos de la presente resolución, la COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS PARA LICITACIONES PUBLICAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERJURISDICCIONAL prevista en el Pliego de Condiciones Generales aprobado por el Anexo de la Resolución Nº 162/2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, y la COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS PARA LICITACIONES PUBLICAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARÁCTER INTERNACIONAL prevista en el Pliego de Condiciones Generales aprobado por el Anexo de la Resolución Nº 161/2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, se desempeñará corno un sólo órgano y estará integrada de la siguiente forma: el Señor Subsecretario de Transporte Automotor, Don Jorge GONZALEZ, el Dr. Pedro OCHOA ROMERO y el Dr. César Daniel DOMINGUEZ.

ARTICULO 9º — Comuníquese a las DIRECCIONES DE TRANSPORTE de las PROVINCIAS involucradas, a la Autoridad de Aplicación de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, a la Autoridad de Aplicación de la REPUBLICA DE CHILE, a la Autoridad de Aplicación de la REPUBLICA DE BOLIVIA, a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su conocimiento.

ARTICULO 10. — Publíquese el presente Llamado a Licitación Pública de propuestas por el término de DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página Web de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 17/8 Nº 521.136 v. 18/8/2006