MERCOSUR/GMC/RES. Nš 04/06

UTILIZACION DE LOS EXCEDENTES FINANCIEROS

VISTO: el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nš 50/03, 39/04 y 64/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, visto la creciente complejidad de las tareas solicitadas a la Secretaría del MERCOSUR, hace necesario dotar a dicha Secretaría de la posibilidad de contratar expertos para cuestiones vinculadas a sus actividades de colaboración con los órganos del MERCOSUR.

Que según las normas del MERCOSUR, la Secretaría debe capacitar a sus funcionarios de forma permanente.

Que a fin de cumplir con sus funciones de depositario oficial de la documentación del MERCOSUR, la Secretaría requiere de la culminación de las medidas de adaptación de sus instalaciones, tendiente a lograr condiciones óptimas de conservación de dicha documentación.

Que, atento al interés de los Estados Parte de seguir impulsando la integración productiva y a la solicitud del Subgrupo de Trabajo Nš 7 "Industria", resulta necesario dotar a la Secretaría del MERCOSUR de fondos suficientes para apoyar las actividades del Programa de Foros de Competitividad del MERCOSUR.

Que, teniendo en cuenta los mandatos contenidos en las Declaraciones Presidenciales adoptadas en el marco de la Comunidad Sudamericana de Naciones, la Secretaría del MERCOSUR debe afrontar nuevas cargas presupuestarias.

Que las asignaciones mencionadas en los párrafos precedentes serán ejecutadas de forma gradual, en el transcurso de dos años.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Autorizar a la Secretaría del MERCOSUR a utilizar de los excedentes financieros líquidos, la suma de U$S 139.348, en los rubros establecidos en el anexo de la presente Resolución.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXIII GMC - Buenos Aires, 22/VI/06