MERCOSUR/GMC/RES. Nš 32/06

CONVENIO DE FINANCIACION MERCOSUR-UNION EUROPEA PARA EL PROYECTO DE COOPERACION PARA LA ARMONIZACION DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS VETERINARIOS Y FITOSANITARIOS, INOCUIDAD DE ALIMENTOS Y PRODUCCION AGROPECUARIA DIFERENCIADA Nš ALA/2005/17-887

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nš 10/91, 59/00 y 12/ 04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nš 26/92 y 57/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la estrategia del relacionamiento externo del MERCOSUR, una de las prioridades, ha sido la celebración de Acuerdos que incrementen los vínculos económicos con otros países o agrupaciones de países.

Que la experiencia de la Unión Europea como donante de cooperación técnica resulta de interés al MERCOSUR.

Que este proyecto será relevante para afianzar los trabajos que se realizan en el marco del Acuerdo SPS UE - MERCOSUR con vistas a promover el comercio entre ambas regiones.

Que mediante la Decisión CMC Nš 12/04 se delegó en el Grupo Mercado Común la facultad de suscribir convenios en el marco de la negociación de programas de cooperación técnica, de conformidad con lo establecido en el Art. 14, numeral VII del Protocolo de Ouro Preto.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la firma y suscripción del Convenio de Financiación MERCOSUR-Unión Europea para el proyecto de "Cooperación para la Armonización de Normas y Procedimientos Veterinarios y Fitosanitarios, Inocuidad de Alimentos y Producción Agropecuaria Diferenciada Nš ALA/2005/17-887", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - El Anexo a la presente Resolución se encuentra únicamente en idioma español.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXIII GMC - Buenos Aires, 22/VI/06