PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 495/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de atender compromisos del Estado Nacional relacionados con la ejecución de distintos programas federales de construcción y mejoramiento de viviendas, de asistencia financiera a municipios para obras de infraestructura municipal y social, de construcción y mantenimiento de obras viales y de saneamiento básico.

Bs. As., 16/8/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0251794/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario atender compromisos del ESTADO NACIONAL relacionados con la ejecución de distintos programas federales de construcción y mejoramiento de viviendas, de asistencia financiera a municipios para obras de infraestructura municipal y social, de construcción y mantenimiento de obras viales y de saneamiento básico.

Que en consecuencia es menester ampliar el presupuesto vigente del Servicio Administrativo Financiero 354 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y de los Organismos Descentralizados 604 - DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y 613 - ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, dependientes de la Jurisdicción 56 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que con el objeto de afrontar dicho refuerzo presupuestario, se prevé la disminución de los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 modificada por la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Julio M. De Vido.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar