Ente Nacional Regulador de la Electricidad

PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

Resolución 776/2006

Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de la empresas distribuidoras "Edenor S.A.", "Edesur S.A." y "Edelap S.A." durante el período comprendido entre los días 10/09/2006 y 9/10/2006.

Bs. As., 7/9/2006

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/ 2005, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005 y la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO: Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/7/06 y el día 9/8/06 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 121.793 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 67.000.091 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 104.421.105 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON 51/100 ($ 4.544.426,51) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DIECISIETE MIL OCHENTA CON 99/100 ($ 17.080,99); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 12.353.878 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 9.454.683 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETENTA Y SIETE CON 80/100 ($ 1.337.077,80) y ajustes por PESOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 32/100 ($ 65.215,32); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.239.308 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.427.724 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 99/100 ($ 1.133.420,99) y ajustes por PESOS ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 22/100 ($ 11.766,22); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.009.751 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 9.390.234 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS OCHOCIENTOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 9/ 100 ($ 800.563,09) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS CINCO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CON 97/100 ($ 5.519,97); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 7.512.779 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 19.763.857 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 33/100 ($ 2.058.614,33) y ajustes por PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 63/100 ($ 9.979,63); los usuarios T3 BT ahorraron 6.214.225 kWh, consumieron en exceso 22.786.506 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 5/100 ($ 1.803.806,05) y ajustes por PESOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES CON 36/100 ($ 41.223,36); los T3 MT ahorraron 7.473.415 kWh, consumieron en exceso 22.924.903 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 14/100 ($ 1.745.314,14) como así también ajustes por valor de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 57/100 ($ 148.273,57); en el caso de los usuarios de peaje T2 no se registraron ahorros, mientras que los consumos en exceso fueron de 13.772 kWh, siendo los cargos afrontados de PESOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 97/100 ($1.390,97); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 46.176 kWh, los consumos en exceso 316.010 kWh, los cargos afrontados PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 79/100 ($ 24.648,79); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 128.842 kWh, los consumos en exceso 1.455.164 kWh y los cargos abonados PESOS CIENTO CATORCE MIL SETECIENTOS TRES CON 99/100 ($ 114.703,99), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS TRES MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 10/100 ($ 3.610,10).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 121.633 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 7.582.302 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 12.991.576 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 71/100 ($ 545.645,71); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 11/100 ($ 7.315,11); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.720.207 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.467.494 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS, DOSCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 ($ 250.944,60); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 97/100 ($ 3.386,97); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 342.057 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.114.845 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CON 27/100 ($ 142.700,27), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 2.575,24); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 47.924 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 560.765 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS ONCE CON 89/100 ($ 52.711,89); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 41/100 ($ 5.939,41); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 635.842 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.864.796 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 28/100 ($ 208.857,28) mientras los ajustes fueron de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 35/100 ($ 56.744,35); los usuarios T3 BT ahorraron 537.598 kWh, consumieron en exceso 1.441.497 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 33/100 ($ 110.995,33), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 13/100 ($ 108.470,13); los T3 MT ahorraron 500.058 kWh, consumieron en exceso 2.434.133 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO OCHENTA MIL CIENTO VEINTICINCO CON 86/100 ($ 180.125,86) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 19/ 100 ($ 125.641,19); en cuanto a los usuarios de peaje, no se registraron ahorros, en tanto el consumo en exceso de los usuarios de este servicio en BT fue de 306 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS DOS CON 69/100 ($ 2,69).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 121.400, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 78.516.126 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 147.925.987 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 61/100 ($ 6.212.888,61), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 44/100 ($ 17.155,44); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 14.546.846 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 11.804.319 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON 17/100 ($ 1.640.829,17), mientras los ajustes fueron de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 48/100 ($ 2.353,48); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.620.098 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.239.959 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 47/100 ($ 1.095.682,47), y los ajustes fueron de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 55/100 ($ 8.569,55); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 429.786 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 6.325.062 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS QUINIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 6/100 ($ 518.655,06), y los ajustes fueron de PESOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON 85/100 ($ 93.152,85); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 8.515.426 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 21.829.687 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 61/100 ($ 2.204.808,61), y los ajustes fueron de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 31/100 ($ 4.955,31); los usuarios T3 BT ahorraron 5.221.221 kWh, consumieron en exceso 21.902.636 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUATRO CON 25/100 ($ 1.686.504,25), siendo los ajustes de PESOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 54/100 ($ 68.895,54); los T3 MT ahorraron 6.755.262 kWh, consumieron en exceso 34.340.339 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 1/100 ($ 2.541.185,01); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 36.251 kWh, el consumo en exceso fue de 313.341 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL CIENTO VEINTISIETE CON 28/100 ($ 24.127,28), mientras que los usuarios en MT ahorraron 106.238 kWh, consumieron en exceso 5.226.071 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 23/100 ($ 386.729,23).

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE

Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/9/2006 y 9/10/2006, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución.

Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Art. 3º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martínez Leone. — Marcelo B. Kiener. — Julio C. Molina. — Jorge D. Belenda.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 776/2006

ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº M2006