PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Ley Nº 22.351

Resolución APN Nº 192/2006 del Honorable Directorio

Expediente Nº 151/2006

Bs. As., 2/8/2006

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: 1º — Determínase que a partir del 1º de octubre de 2006 no se permitirá el ingreso al Parque Nacional Tierra del Fuego de vehículos automotores destinados al transporte de pasajeros que reúnan una o más de las siguientes características: a) que cuenten con DOS (2) o más pisos; b) que cuenten con más de DOS (2) ejes; c) que la longitud supere la dimensión máxima establecida para los ómnibus urbanos de pasajeros, estipulada en el Punto 1.1, del Anexo R, del Decreto Nº 779/1995, reglamentario de la de la Ley Nº 24.449, o la norma que lo reemplace en el futuro. 2º — Establécese que a partir del dictado del presente acto administrativo, la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, en el marco del "Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Servicios Turísticos", aprobado mediante Resolución Nº 68/2002 y normas modificatorias y complementarias, no extenderá nuevos permisos, ni prorrogará aquellos que se encuentren vigentes, cuando se trate de excursiones terrestres, por caminos públicos en el Parque Nacional Tierra del Fuego, realizadas en vehículos automotores que reúnan alguna de las características citadas en el artículo precedente. Firmado: Ing. Agr. HECTOR MARIO ESPINA, Presidente del Directorio. — D. JUAN CARLOS GARITANO, Vicepresidente del Directorio. — D. RAUL ALBERTO CHIESA, Da. MARIA CRISTINA ARMATTA y Dra. PATRICIA ALEJANDRA GANDINI, Vocales del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede: central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.

e. 20/9 Nº 524.221 v. 20/9/2006