MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 590/2006

Registro N° 591/2006

Bs. As., 1/9/2006

VISTO el Expediente N° 1.161.769/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente N° 43.722/06, glosado a foja 189 del Expediente N° 1.161.769/06, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA FRUTA CIUDAD DE CONCORDIA, Personería Gremial N° 504, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE CHAJARI, la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE CONCORDIA y la ASOCIACION DE CITRICULTORES UNIDOS DE MONTE CASEROS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo de marras está concertado en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo N° 217/93, y establece, substancialmente, una recomposición salarial del 16% (dieciséis por ciento) para los básicos de cada una de escalas del mencionado convenio, a aplicarse en la modalidad y etapas previstas en el mismo, a partir del 1 de Julio de 2006.

Que es menester indicar que el ámbito personal y territorial de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia de la representatividad de sus partes signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA FRUTA CIUDAD DE CONCORDIA, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE CHAJARI, la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE CONCORDIA y la ASOCIACION DE CITRICULTORES UNIDOS DE MONTE CASEROS, glosado a fojas 1/2 del Expediente N° 43.722/06, de foja 189 del Expediente N° 1.161.769/06.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 1/2 del Expediente N° 43.722/06, de foja 189 del Expediente N° 1.161.769/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento de Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente remítase a la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), a fin de que elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.161.769/06

Buenos Aires, 6 de Septiembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 590/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente N° 43.722/06, agregado como fojas 189 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 591/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación – D.N.R.T.

Concordia, 30 de junio de 2006

Al

Señor

Delegado de la Agencia Territorial Concordia

Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación

Don Juan Carlos Boladeres

PRESENTE

Por la presente venimos en forma conjunta a presentar las escalas salariales acordadas en el marco de la Comisión Paritaria Permanente y a solicitar en forma urgente su homologación.

Asimismo, las partes hemos acordado la aplicación de las escalas a partir del día 1° de julio de 2006, no obstante ello y sin perjuicio de la pertinente homologación que deberá efectuar esa autoridad de aplicación, para lo que solicitamos se le a la presente carácter de muy urgente dado el carácter alimentario de lo acordado.

Sin más saludamos a Usted muy atte.-