MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 636/2006

Registro N° 611/06

Bs. As., 14/9/2006

VISTO el Expediente N° 1.172.952/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente de referencia obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE CONDUCCION DE LA ENERGIA DEL CHACO (APCECH) y la FEDERACION ARGENTINA DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA ENERGIA ELECTRICA (FAPSEE), por la parte gremial, y, por la parte empleadora, la EMPRESA SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO, EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el contenido del mencionado acuerdo está referido, esencialmente, al pago mensual de una suma No Remunerativa y No Bonificable a cuenta de lo establecido con ese concepto en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, que se tramita por Expediente N° 1.106.521/05, a partir del 1 de Marzo de 2006.

Que el plexo convencional al que aluden las partes fue homologado por Resolución S.T. N° 22, de fecha 22 de Agosto de 2006, y registrado bajo el N° 794/06 "E".

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que es dable señalar que el ámbito territorial y personal de aplicación, del presente acuerdo, queda circunscripto a la coincidencia de la representatividad del empleador pactante con la de las entidades sindicales firmantes, emergente de las respectivas personerías gremiales.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE CONDUCCION DE LA ENERGIA DEL CHACO (APCECH) y la FEDERACION ARGENTINA DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA ENERGIA ELECTRICA (FAPSEE), por la parte gremial, y, por la parte empleadora, la EMPRESA SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO, EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP) obrante a foja 2 del Expediente N° 1.172.952/06.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 2 del Expediente N° 1.172.952/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento de Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.172.952/06

Buenos Aires, 18 de Septiembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 636/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 611/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación – D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Resistencia, Capital de la Provincia del Chaco, a los doce días del mes de Junio de 2006, se reúmen por una parte la Empresa S.E.CH.E.E.P. (Servicios Energéticos del Chaco Empresa del Estado Provincial) representada en este acto por los Sres. Secretario de Transporte, Obras y Servicios Públicos del Chaco Arquitecto Néstor Dellamea, su Presidente Lic. Carlos Roberto LOMONACO, Vocales Ing. Víctor Hugo PASTORE, Ing. Carlos Enrique CAMARGO en su carácter de Directores y por la otra parte la F.A.P.S.E.E. FEDERACION ARGENTINA DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA ENERGIA ELECTRICA, Personería Gremial N° 1336 representada en este acto por el CPN Argentino Quirino MATOFF, y la A.P.C.E.CH. ASOCIACION DEL PERSONAL DE CONDUCCION DE LA ENERGIA DEL CHACO Personería Gremial N° 1657 representada en este acto por el Secretario Ing. José Cristian ECHAVARRIA y el Presidente Dr. Eduardo Roberto VERDOIA a los efectos de acordar lo siguiente:

ARTICULO PRIMERO: las partes acuerdan otorgar un pago mensual de $ 500.- (Pesos quinientos) retroactivo al 01 de marzo de 2006, con carácter No Remunerativo y No Bonificable a cuenta del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo que se encuentran negociando entre las mismas, en el Expediente N° 1106521/05 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, monto este que será abonado a cada trabajador comprendido en el encuadre laboral asignado a la APCECH, conforme a lo establecido en los parámetros de actuación definidos en su personería gremial.

ARTICULO SEGUNDO: Las partes acuerdan que el pago a cuenta señalado en el artículo anterior será debidamente reajustado, en más o en menos; en lo que convengan abonar bajo la modalidad No Remunerativa y No Bonificable en el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO TERCERO: Las partes se comprometen a solicitar la homologación del presente acuerdo, ante el Organismo nacional competente, a partir del cual se hará efectivo el pago mensual a cuenta.

En prueba de conformidad, se suscriben cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.