REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 618/2006

Establécese que en todos los trámites de transferencia en los que intervengan, como certificantes de la firma de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, será obligatoria la constatación de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación.

Bs. As., 9/10/2006

VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo XI, Sección 31, artículo 6ş, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se establece que, en todos los trámites de transferencia, en las que intervengan como certificantes de firma, de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en jurisdicciones en las que esta Dirección Nacional hubiera suscripto convenios con los respectivos Colegios de Escribanos, se deberá llevar a cabo la constatación obligatoria de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación.

Que, en ese marco, y a ese fin, el 2 de mayo de 2006 esta Dirección Nacional ha celebrado Convenios de Colaboración con los Colegios de Escribanos correspondientes a las Provincias de Corrientes y Chaco.

Que entre esas instituciones y esta Dirección Nacional se han desarrollado sistemas de constatación de folios de Actuaciones Notariales, diseñándose a ese efecto sistemas informáticos acordes a la capacidad operativa de cada Colegio, por los cuales resulta posible verificar la concordancia de los datos contenidos en las fojas notariales con los registros de los mencionados Colegios.

Que, habiéndose practicado a ese respecto diversas pruebas tendientes a corroborar la eficacia y rapidez de los sistemas, resulta oportuno disponer su entrada en vigencia.

Que, por ello, corresponde poner en conocimiento de los señores Encargados las características que revestirán los sistemas de constatación respecto de las certificaciones efectuadas por Escribanos Públicos matriculados en los Colegios de Escribanos de las Provincias de Corrientes y Chaco, aprobando en consecuencia los instructivos necesarios al efecto.

Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge del artículo 2ş, incisos a) y c), del Decreto Nş 335/88 y el Decreto Nş 947/06.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1ş — En todos los trámites de transferencia en los que intervengan, como certificantes de la firma de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, será obligatoria la constatación de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación de conformidad con las previsiones del Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo XI, Sección 3Ş, artículo 6ş, a cuyo efecto se deberáseguir las instrucciones contenidas en el Anexo I de la presente.

Art. 2ş — En todos los trámites de transferencia en los que intervengan, como certificantes de la firma de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco, será obligatoria la constatación de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación de conformidad con las previsiones del Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo XI, Sección 3Ş, artículo 6ş, a cuyo efecto se deberá seguir las instrucciones contenidas en el Anexo II de la presente.

Art. 3ş — La presente entrará en vigencia el 13 de octubre de 2006.

Art. 4ş — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.

ANEXO I

Consulta al Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes

Módulo Registro Seccionales

Esta consulta tiene como objetivo verificar la concordancia de los datos contenidos en las fojas notariales con los registros, informáticos o manuales, del Colegio de Escribanos de la provincia de Corrientes, brindando una herramienta de control orientada a la prevención de irregularidades relacionadas con la documentación notarial.

La Consulta se encuentra en el sitio http://registros.dnrpa.gov.ar, Consultas ® Consultas Restringidas ® Consultas ® Colegio de Escribanos ® Consulta Colegios

Para ingresar a la consulta de fojas de Corrientes deberá seleccionar la provincia del listado de Colegios de Escribanos:

Deberá ingresar los siguientes datos:

Tipo de Foja Notarial se desplegará como una lista de selección con una o más opciones.

Serie y número de Foja: se requerirá en caso de ser necesario. Consta en el texto de la foja.

Número de Colegiado: corresponde a la identificación del escribano. Deberá obtenerlo en la opción Buscar Escribanos. El dato del número de colegiado no consta en la foja.

Fecha de requerimiento: Fecha de la certificación.

Fecha de expedición de la Foja

Datos de legalización: Consignar serie y número de la foja de legalización y fecha de legalización si corresponde legalización.

Aceptar: Genera automáticamente la consulta para el Colegio de Escribanos.

Nueva Consulta: Vuelve a la pantalla de ingreso de datos.

Menú Principal: Vuelve a selección de Colegio de Escribanos de procedencia de la foja.

De no visualizar todos los datos, maximizar la pantalla o bien utilizar las barras de desplazamiento horizontal y vertical.

Respuestas posibles:

Con las respuestas que suministra el Colegio se asignará a las mismas, en su caso, el carácter de respuesta diferida, situación que se da en el supuesto indicado en 3), a ese efecto se seguirán las instrucciones indicadas y eventualmente se aplicarán las previsiones que en ese sentido se indiquen en los respectivos instructivos que a ese respecto se dicten.

1) Los datos se corresponden con los del Colegio de Escribanos. (Esta respuesta es inmediata).

2) Los datos NO se corresponden con los del Colegio de Escribanos. Se deberá consultar por escrito al Colegio de Escribanos. (Esta respuesta es inmediata).

3) La información no está disponible. Se realiza una consulta diferida. Deberá verificar en la opción Consultas Pendientes una vez transcurridas las 24 hs.

ANEXO II

Consulta diferida al Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco

Módulo Registro Seccionales

Las consultas a Colegios de Escribanos tienen como objetivo verificar la concordancia de los datos contenidos en las fojas notariales con los registros, informáticos o manuales, del Colegio de Escribano de la provincia seleccionada, brindando una herramienta de control orientada a la prevención de irregularidades relacionadas con la documentación notarial.

La Consulta se encuentra en el sitio http://registros.dnrpa.gov.ar. ® Consultas ® Consultas Restringidas ® Consultas ® Colegio de Escribanos ® Consulta Colegios

Para efectuar la consulta diferida de una foja notarial se deberá seleccionar el Colegio de Escribanos de la Provincia correspondiente al origen de la foja notarial.

Ingresar Consulta:

Para realizar la consulta deberá ubicar los siguientes datos en las fojas notariales.

• Tipo de Foja Notarial

• Dominio de referencia

• Serie y Número de foja

• Matrícula del Escribano certificante

• Registro Notarial

• Localidad (si fuera necesario)

• Fecha de expedición de la foja

• Datos de legalización (si fuera necesario)

Seguidamente se desplegará una nueva pantalla donde deberá ingresar los datos solicitados, contenidos en la foja notarial.

El Tipo de Foja Notarial se desplegará como una lista de selección con una o más opciones dependiendo del colegio.

La Matrícula del Escribano Certificante se deberá elegir del listado de escribanos autorizados suministrado por el Colegio respectivo. En algunos casos podrá requerirse que ingrese apellido y nombre en lugar de seleccionarlo de una lista.

El Registro Notarial: se requerirá en caso de ser necesario. Consta en el texto de la foja.

Serie y número de Foja: se requerirá en caso de ser necesario. Consta en el texto de la foja.

Fecha de expedición de la Foja: Consta en el texto de la foja. Si la misma discrimina entre fecha de certificación y fecha de expedición, se deberá seleccionar esta última.

Datos de legalización: Generalmente la foja de legalización consta de serie y número propio como las demás fojas. Deberá consignarlo. En algunos casos se le requerirá también la fecha de legalización o algún otro dato complementario.

El sistema validará automáticamente los datos ingresados, de forma tal que no se podrán colocar formatos incorrectos o fechas inválidas.

Confirmar: Confirma los datos ingresados y genera automáticamente la consulta para el Colegio de Escribanos.

Menú Principal: Permite seleccionar nuevamente el Colegio de Escribanos de procedencia de la foja.

De no visualizar todos los datos, maximizar la pantalla o bien utilizar las barras de desplazamiento horizontal y vertical.

Importante: La respuesta no es inmediata. Una vez completado el ingreso de datos, el sistema remite la consulta al Colegio de Escribanos con los datos consignados.

Se deberá esperar la respuesta del Colegio de Escribanos correspondiente. La misma se visualizará en ingresando en la opción Consultas Pendientes.

Nueva Consulta: Permite realizar una consulta de otra foja notarial.

Volver a Página Principal: Permite seleccionar nuevamente el Colegio de Escribanos de procedencia.

Consultas pendientes

Desde aquí se mostrarán las consultas que se han generado a los distintos Colegios de Escribanos y aún no han sido respondidas, como así también aquellas que han sido respondidas y que aún no han sido leídas en su Registro Seccional.

Consultas Respondidas aún sin ver:

Son aquellas consultas que el Colegio de Escribano ya respondió pero todavía no fueron consultadas las respuestas por su Registro Seccional

Al realizar un clic en Ver Detalle se abrirá una pantalla con los detalles de esa consulta y la correspondiente respuesta del Colegio de Escribanos.

Los datos pueden ser impresos seleccionando Imprimir al pie de la pantalla.

Nótese que cuando se ve el detalle de una Consulta Respondida aún sin ver, la misma pasará a integrar las Consultas Históricas.

Consultas Pendientes de respuestas:

Son aquellas que el Colegio de Escribano todavía no ha respondido.

Al realizar un clic en Ver Detalle se abrirá una pantalla con los detalles de esa consulta.

Imprimir: permite imprimir todos los datos que presenta la pantalla.

Volver: permite volver a la página anterior, donde se presentará nuevamente el listado de consultas pendientes de respuesta.

Consultas Históricas:

Es el listado de las consultas que han sido respondidas por los colegios y las respuestas han sido leídas en el Registro Seccional.

Seleccionando el link Ver Detalle se accederá al detalle de esa consulta, desde donde también encontrará una opción de impresión de los datos.

Menú Principal: permite seleccionar nuevamente el Colegio Notarial de procedencia.

Impresiones

Esta opción permite listar por pantalla e impresora las consultas realizadas y sus respectivos estados. Podrá seleccionar el estado que desee consultar.

Para realizar la consulta deberá ingresar un rango de fechas, y seleccionar tipo de respuesta.

Simplemente seleccionando Imprimir se enviarán a la impresora el listado presentado en la pantalla.

Volver: Se presentará una pantalla para realizar una nueva consulta.

Menú Principal: Permite seleccionar nuevamente el Colegio de Escribanos de procedencia.

——

NOTA: de no visualizar los datos completos en las pantallas utilizar las barras de desplazamiento vertical y horizontal.