MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 50/2006

Registro Nº 74/06

Bs. As., 6/2/2006

VISTO el Expediente Nº 1.150.355/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que bajo dichas actuaciones tramita el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS (F.O.P.S.T.T.A.), por el sector trabajador, y las empresas TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, obrante a foja 26, debidamente ratificado a foja 29, y cuya homologación los firmantes han solicitado.

Que cabe indicar que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad principal de las empresas signatarias, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que mediante el mediante el Acuerdo referido las partes pactan el pago, a los trabajadores comprendidos dentro del ámbito de la Entidad Sindical de marras, de las sumas allí indicadas bajo las modalidades también allí establecidas.

Que cabe así señalar que se encuentra acreditado en autos la representación invocada por las partes, conforme documentación agregada a autos, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), entre ellos lo dispuesto por el artículo 17 de la citada ley toda vez haber sido ratificado a foja 30 el Acuerdo por los Delegados de Personal de las empresas suscriptoras del mismo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS DE TELEFONICOS ARGENTINOS (F.O.P.S.T.T.A.), y las empresas TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 26, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 26 el Expediente Nº 1.150.355/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Cumplido, pase a la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (UTIL), a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente gírese al Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.150.355/05

Buenos Aires, 8 de Febrero de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 50/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 26 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 74/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

PRIMERO: Se liquidará una suma no remunerativa por única vez de $ 500 (pesos quinientos) a los Supervisores con personal a cargo, representados por la Federación de Organizaciones del Personal de Supervisión y Técnicos Telefónicos Argentinos y $ 400 (pesos cuatrocientos) con carácter no remunerativo por única vez al resto del personal representado por la citada entidad gremial. Las sumas indicadas precedentemente, serán pagadas en el mes de enero de 2006, dentro de los primeros cinco días hábiles de la firma del presente acuerdo.

SEGUNDO: Se pagará a todo el personal representado por la Federación de Organizaciones del Personal de Supervisión y Técnicos Telefónicos Argentinos, una suma de $ 400 (pesos cuatrocientos) de naturaleza remunerativa con la liquidación del mes de enero y otro importe idéntico con la liquidación del mes de febrero, que serán considerados, a cuenta del acuerdo, al que se logre arribar durante el primer trimestre de 2006 con carácter retroactivo al mes de enero próximo pasado.

TERCERO: Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social la homologación expresa del presente acuerdo.