MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 568/2006

Registro Nº 561/2006

Bs. As., 29/8/2006

VISTO el Expediente Nº 1.171.559/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y su modificatoria, la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 27/28 del Expediente Nº 1.171.559/06, obra el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS y la empresa TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004) y su modificatoria.

Que es dable destacar que el mentado acuerdo deja resuelto el conflicto planteado en autos, estipulándose el pago de una asignación no remunerativa de aplicación entre el 1 de julio de 2006 hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la cámara signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS y la empresa TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 27/28 Expediente Nº 1.171.559/06.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 27/28 Expediente Nº 1.171.559/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N" 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.171.559/06

Buenos Aires, 1 de Septiembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 568/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 27/28 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 561/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.171.559/06

En la ciudad de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil seis, siendo las 10,30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones Laborales, ante mí, RICARDO D’OTTAVIO, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento Nº 3, los señores Enrique MAIGUA, D.N.I. Nº 12.142.503, Raúl Juan EPELBAUM, D.N.I. Nº 8.188.361, Alberto Luis GONCEBAT, D.N.I. Nº 12.991.364, Ricardo FERNANDEZ, D.N.I. Nº 13.976.622; Jorge Alberto SUAREZ. D.N.I. Nº 17.409.621 y René SANTILLAN. D.N.I. Nº 14.193.062, miembros de la Comisión Directiva de la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS, asistidos por el Dr. Domingo ARCOMANO, D.N.I. Nº Tº 1, Fº 287, CPACF, por el sector sindical y por el sector empleador lo hace el Dr. Pablo DIAZ, D.N.I. Nº 24.219.063, en su carácter de letrado apoderado de la firma TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA S.A., carácter acreditado en estas actuaciones, quienes concurren a la audiencia fijada para el día de la fecha. Asimismo, se encuentra presente el Dr. Juan CAVALIERE, en representación de la Secretaría de Transporte.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida la palabra a ambas partes, de mutuo y común acuerdo, manifiestan: Que han mantenido reuniones privadas en cuyo transcurso han alcanzado un acuerdo para dejar resulta la situación conflictiva de autos, conforme la planilla que acompañan conteniendo la escala salarial que se aplicará a partir del 1º de julio de 2006 y hasta el 31 de diciembre del mismo año con el incremento a cuenta de futuros aumentos que recibirán los trabajadores de la Empresa representados por la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS, en forma extraordinaria y de carácter no remunerativo a todos sus efectos, de $ 450,00 mensuales. Asimismo, las partes han acordado mantener la vigencia del C.C.T. oportunamente suscripto y cuya homologación se encuentra en trámite en Expediente Nº 1.147.480/05, hasta el 31 de diciembre de 2006. En consecuencia, solicitan la homologación del acuerdo precedente, en los términos de ley.

En uso de la palabra la representación empresaria, expresa: Que sin perjuicio de lo acordado, insiste en la necesidad de que se resuelva la situación planteada en acta de audiencia anterior, respecto del planteo formulado por la UNION FERROVIARIA en el expediente citado precedentemente.

Con lo que terminó el acto, siendo las 11,00 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.

REPRESENTACION SINDICAL

REPRESENTACION EMPLEADORA

SECRETARIA DE TRANSPORTE

CATEGORIA

AUMENTO

INSP. SEÑALERO

$ 450,00

ENC. SEÑALERO

$ 450,00

SEÑALERO CAB. A

$ 450,00

SEÑALERO CAB. B

$ 450,00

SEÑALERO CAB. C

$ 450,00

SEÑALERO CAB. D

$ 450,00

AYTE. SEÑALERO

$ 450,00