MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 665/2006

Registro Nº 635/2006

Bs. As., 19/9/2006

VISTO el Expediente Nº 1.173.779/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 20/21 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la empresa MAROCCHI HNOS. SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado acuerdo incrementa los salarios de los trabajadores de la referida empresa.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el presente convenio y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que es menester indicar que tanto el ámbito territorial como el personal del texto convencional de marras se corresponden estrictamente con la actividad principal de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del acuerdo se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la empresa signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la empresa MAROCCHI HNOS. SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, glosado a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.173.779/06.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.173.779/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente remítase a la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), a fin de que elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.173.779/06

Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 665/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 20/21 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 635/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación — D.N.R.T.

FORMULAN ACUERDO

Entre el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, representada en este acto por su Secretario General, Héctor Francisco De León y por su secretario adjunto, Jose Alberto Kersul, con domicilio en la calle Florentino Ameghino 1060, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, y por la otra la Sra. SILVINA MARIA RAQUEL MAROCCHI en represión de la empresa MAROCCHI HNOS. SA con domicilio en la calle Yatay 558 Lanús convienen celebrar el presente acuerdo:

PRIMERO: Las partes manifiestan haber arribado a un acuerdo de la los salarios correspondientes a los trabajadores de la empresa MAROCCHI HNOS. SA cuyo incremento salarial se acuerda en los valores que se detallan en Anexo I, que forma parte del presente acuerdo, y que regirán a partir del 1º de julio de 2006.

SEGUNDO: Las partes elevarán el presente acuerdo ante la autoridad administrativa del trabajo para su homologación, donde se ratificará el mismo.

En señal de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Avellaneda, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil seis.

ANEXO I

SUELDO BASICO MENSUAL

$ 900.-

SUMA NO REMUNERATIVA

$ 50.- MENSUAL

SUMA NO REMUNERATIVA S.A.C.

$ 75.-

ANTIGÜEDAD

DE 2 A 4 AÑOS

7%

DE 4 A 6 AÑOS

8%

DE 6 A 9 AÑOS

10%

DE 9 A 12 AÑOS

12%

DE 12 A 15 AÑOS

16%

DE 15 A 20 AÑOS

18%

DE 20 AÑOS EN ADELANTE

22%

PREMIO A LA ASISTENCIA

ASISTENCIA COMPLETA

12%

CON UNA INASISTENCIA

6%

CON DOS INASISTENCIAS

3%

MAS DE DOS INASISTENCIAS

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