MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 659/2006

Registro Nº 618/2006

Bs. As., 18/9/2006

VISTO el Expediente Nº 158.127/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el Acuerdo alcanzado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES (FATCA) por la parte gremial y las empresas CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SOCIEDAD ANONIMA y C.C.B.A.S.A. por la parte empleadora, obrante a foja 2 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que el Acuerdo implica el pago a los trabajadores representados por la entidad sindical en esa empresa, con expresa exclusión de las categorías de establecidas en el Expediente Nº 1.080.986/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de una gratificación extraordinaria y no remunerativa de CUATROCIENTOS PESOS ($ 400.-), como consecuencia de haber cumplido la empresa CIENTO DIEZ (110) AÑOS de actividad desde su fundación.

Que la suma dineraria ut supra referida habría sido pagada a los trabajadores el día 2 de diciembre de 2005, conforme reza el Acuerdo de marras.

Que por su parte al personal temporario, la suma a cobrar sería proporcional a los días efectivamente trabajados en el año 2005.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que analizados los puntos que integran el Acuerdo en consideración, es dable manifestar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad reconocida a la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES (FATCA) por la parte gremial y las empresas CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SOCIEDAD ANONIMA y C.C.B.A.S.A. por la parte empleadora, que luce agregado a foja 2 del Expediente Nº 1.158.127/06, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.158.127/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, archívense las presentes actuaciones.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.158.127/06

Buenos Aires, 19 de Septiembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 659/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 618/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Depto. Coordinación – D.N.R.T.

CERVECERIA Y MATERIA QUILMES S.A.I.C.A y G.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de noviembre de 2005, por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES, el Sr. José Luis LAGAR Secretario General, el Sr. Carlos Guido FRIGERIO y el Sr. Alberto VILLANI, por una parte y por CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A., y por C.C.B.A.S.A. lo hacen el Sr. Fernando Oscar MASSUH Gerente de Relaciones Industriales y el Dr. Carlos Alberto SANCHEZ CLARIA como letrado apoderado.

Que en función de haberse cumplido el día 31/10/2005 el centésimo décimo quinto aniversario de la inauguración de la planta industrial, de Cervecería y Maltería Quilmes S.A., las partes acuerdan:

PRIMERO: Ambito personal: El presente acuerdo será aplicable a los trabajadores industriales cerveceros, bajo la exclusiva órbita sindical y convencional del CCT 363/05, excluyendo a las categorías establecidas mediante expediente Nº 1.080.986/03.

SEGUNDO: Un pago de una gratificación extraordinaria y no remunerativa por única vez por el aniversario, de $ 400, a cobrarse en el día 2 de diciembre de 2005.

TERCERO: Al personal temporario, se le abonará proporcionalmente la suma determinada en la cláusula segunda, teniendo en cuenta los días efectivamente trabajados en el año 2005.

CUARTA: Las partes ratifican su compromiso de mantener la paz social sometiéndose al diálogo como medio de resolución de cualquier controversia que se suscite y solicitan la homologación del presente acuerdo, firmando cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

SECTOR SINDICAL

SECTOR EMPRESARIO