MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 154/2006

Registro Nº 163/2006

Bs. As., 30/3/2006

VISTO el Expediente Nº 1.104.845/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que bajo dichas actuaciones tramita el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a foja 19 de autos.

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan que la asignación no remunerativa de CIEN PESOS ($ 100.-) mensuales convenida por Acuerdo del 9 de marzo de 2005 y homologada mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 72/05, cuya copia luce agregada a fojas 11/12 del Expediente de referencia, adquirirá a partir del 1 de octubre de 2.005, carácter remunerativo, ascendiendo a un total de CIENTO VEINTE PESOS ($ 120.-).

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que se encuentra acreditada por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo la representación invocada por las partes, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, que luce a foja 19 del Expediente Nº 1.104.845/05, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 19 del Expediente Nº 1.104.845/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente pase al Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolu- ción, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.104.845/05

Buenos Aires, 4 de Abril de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 154/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 19 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 163/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Depto. Coordinación – D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 11,30 horas del día 2 de Marzo de 2006, comparecen en la Dirección de Negociación Colectiva del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Sr. Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO; por una de las Partes y en representación de la Entidad Gremial ASOCIACION BANCARIA, el señor Gustavo DIAZ, Secretario de Acción Gremial Nacional, Roberto MENESES, Secretario de Acción Gremial Seccional Buenos Aires, Jorge PELLEGRINI y María Isabel PADIN, Comisión Gremial Interna del Banco Central de la República Argentina, todos asistidos por el Dr. Francisco ROJAS (h); y por Parte en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr. Jorge A. DE MAIO, Gerente de Administración de Recursos Humanos y la Dra. María del Carmen BERNINI, Gerente de Relaciones Laborales.

Iniciada la audiencia y luego de un intercambio de opiniones, AMBAS PARTES ACUERDAN:

1.- A partir del 01/10/2005, y en el marco de la Resolución de Directorio del Banco Central de la República Argentina Nº 5 del 05/01/2006, la asignación no remunerativa de pesos cien ($ 100.-) mensuales, convenida por Acta Acuerdo del 09/03/2005 y establecida por Resolución de Directorio del Banco Central de la República Argentina Nº 97 del 17/03/2005, tendrá carácter remunerativo y ascenderá a un total de pesos ciento veinte ($ 120.-).

2.- Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la pronta homologación del presente Acuerdo.

3.- Teniendo en cuenta lo expresado por las partes, el funcionario actuante informa que se dará traslado a la Asesoría Técnica Legal para continuar con el trámite pertinente, quedando las partes notificadas, sin más siendo las horas se da por concluida la presente y ratificando lo expuesto, se firman CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto ante mí que CERTIFICO.

SECTOR SINDICAL

BANCO CENTRAL