MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución Nº 43/2006

Registro Nº 207/2006

Bs. As., 20/4/2006

VISTO el Expediente Nº 1.135.413/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 19 del Expediente Nº 1.135.413/05 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES y la empresa BCA BEBIDAS DE CALIDAD PARA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes acordaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo alcanzado, se procederá intimar nuevamente a las partes interesadas a fin de cumplir con lo indicado a foja 26 de autos por la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), y proceder en consecuencia a elaborar el pertinente proyecto de Base promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004)

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES y la empresa BCA BEBIDAS DE CALIDAD PARA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 19 del Expediente Nº 1.135.413/05.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre los Acuerdos, obrante a foja 19 del Expediente Nº 1.135.413/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, intímese a las partes interesadas a fin de dar cumplimiento con lo indicado a foja 26 de autos por la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), a fin de proceder en consecuencia a elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO E. J. ALONSO NAVONE, Subsecretario de Relaciones Laborales, M.T.E. y S.S..

Expediente Nº 1.135.413/05

Buenos Aires, 26 de Abril de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución SSRL Nº 43/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 19 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 207/06. — VALERIA VALETTI, Registro de Convenios, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Buenos Aires 25 de Octubre 2005

Entre el Sindicato de Trabajadores vitivinícolas, representado en este acto por los señores Ramón Antonio Villagra DNI 6.062.088, Julio Cesar Jiménez DNI 17.508.102, Roberto Muscolino DNI 12.646.229, y los Delegados de Personal Sres: Rubén Darío Stzcovich, DNI 24.070.716 y Daniel Lobato DNI 17.521.380 patrocinados por el Dr. Oscar Jorge Estrabeau, con domicilio en Avda. Warnes Nº 1830/34 de Capital Federal, y la empresa BCA BEBIDAS DE CALIDAD PARA ARGENTINA S.A., representado por los Sres. Antonio Mario Guarino DNI 11.875.798 y Edwin Erick Berthin DNI 92.568.073, acuerdan: Poner fin al diferencio que motivara el Expediente nro. 1.135.413/05 en los siguientes:

PRIMERO: La empresa ofrece un incremento salarial sobre la escala salarial homologada y sobre todos los rubros remuneratorios y no remuneratorios que percibe el personal de operaciones, un 12% a partir de enero/06. Dejando perfectamente aclarado que dicho porcentaje absorbe el Premio Control de Stock que dicho personal viene percibiendo hasta el presente. Asimismo ofrece un adicional no remunerativo de $ 50 a pagarse con los haberes del mes de noviembre/05 y uno de $ 100 a abonarse con los de diciembre/05 como única vez.

SEGUNDO: En relación al personal de vendedores/as ofrece incrementar el 12% sobre las escalas salariales de convenio a partir del mes de enero/06.

TERCERO: Ambas partes suscriben una cláusula de paz social que consiste en el compromiso de la entidad sindical de no adoptar medidas de acción directa y de parte de la empresa de no adoptar sanciones ni represalias con el personal que ha sido parte del conflicto. También acuerdan entablar un canal de diálogo a partir del mes de marzo de 2006 a los efectos de tratar asuntos salariales.