Ente Nacional Regulador de la Electricidad

PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

Resolución 954/2006

Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre de 2006.

Bs. As., 2/11/2006

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1.063/ 2005, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005 y la Resolución ENRE Nº 850/2006, y

CONSIDERANDO: Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre e día 10/9/2006 y el día 9/10/2006 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 124.161 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 60.612.078 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 97.480.575 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 71/100 ($ 4.673.847,71) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON 4/100 ($ 92.532,04); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 11.688.321 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fueron de 8.878.472 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 58/100 ($ 1.349.294,58) y ajustes por PESOS TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 90/100 ($ 3.962,90); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.210.569 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.118.164 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 60/100 ($ 1.172.420,60) y ajustes por PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 82/100 ($ 37.824,82); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.022.309 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 9.540.891 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA CON 24/100 ($ 877.970,24) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 93/100 ($ 50.759,93); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 8.165.651 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 20.855.774 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 20/100 ($ 1.889.377,20) y ajustes por PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 10/100 ($ 28.530,10); los usuarios T3 BT ahorraron 6.013.591 kWh, consumieron en exceso 23.531.735 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 50/100 ($ 1.861.310,50) y ajustes por PESOS UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 68/100 ($ 1.765,68); los T3 MT ahorraron 7.075.400 kWh, consumieron en exceso 25.066.792 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHENTA Y OCHO CON 95/100 ($ 1.836.088,95) como así también ajustes por valor de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 32/100 ($ 6.746,32); en el caso de los usuarios de peaje T2 no se registraron ahorros, mientras que los consumos en exceso fueron de 19.788 kWh, siendo los cargos afrontados de PESOS UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 59/100 ($1.998,59); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 30.774 kWh, los consumos en exceso 335.594 kWh, los cargos afrontados PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS ONCE CON 30/100 ($ 25.211,30); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 36.126 kWh, los consumos en exceso 1.416.237 kWh y los cargos abonados PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 78/100 ($ 99.630,78), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOS MIL ($ 2.000).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 124.079 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 6.730.314 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 11.938.276 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS QUINIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SIETE 88/100 ($ 501.407,88); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 53/100 ($ 8.841,53); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.625.863 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.346.468 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 11/100 ($ 230.249,11); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON 68/100 ($ 5.216,68); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 351.421 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.032.119 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIENTO ONCE CON 23/100 ($ 132.111,23), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 36/100 ($ 6.794,36); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 56.618 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 581.409 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 41/100 ($ 54.652,41); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON 36/100 ($ 10.423,36); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 554.050 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.613.979 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS CIENTO OCHENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 58/100 ($ 180.765,58) mientras los ajustes fueron de PESOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTISEIS CON 11/100 ($ 63.726,11); los usuarios T3 BT ahorraron 552.104 kWh, consumieron en exceso 1.428.717 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO DIEZ MIL ONCE CON 22/100 ($ 110.011,22), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 73/100 ($ 83.805,73); los T3 MT ahorraron 550.369 kWh, consumieron en exceso 2.601.643 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 57/100 ($ 192.521,57) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO DIECICOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 2/100 ($ 118.683,02); en cuanto a los usuarios de peaje, sólo se registraron consumos en exceso en el servicio en BT equivalentes a 5.995 kWh aplicándose cargos por PESOS CINCUENTA Y DOS CON 64/100 ($ 52,64).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 123.901, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 61.669.514 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 126.545.433 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 17/100 ($ 5.314.904,17), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 91/100 ($ 22.849,91); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 12.521.593 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.345.740 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHENTA Y CUATRO CON 21/100 ($ 1.438.084,21) mientras los ajustes fueron de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 97/100 ($ 9.251,97); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.343.288 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 8.883.404 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 64/100 ($ 950.529,64), y los ajustes fueron de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 63/100 ($ 11.937,63); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 397.211 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 5.585.154 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 72/100 ($ 457.982,72), y los ajustes fueron de PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 42/100 ($ 14.718,42); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 7.724.488 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 19.932.050 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON 94/100 ($ 2.013.144,94), y los ajustes fueron de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 62/100 ($ 9.200,62); los usuarios T3 BT ahorraron 5.842.345 kWh, consumieron en exceso 21.755.060 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 33/100 ($ 1.675.141,33), siendo los ajustes de PESOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 93/100 ($ 80.236,93); los T3 MT ahorraron 6.273.726 kWh, consumieron en exceso 33.327.173 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 76/100 ($ 2.466.210,76) siendo los ajustes aplicados de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 51/100 ($ 232.144,51); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 53.246 kWh, el consumo en exceso fue de 218.235 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON 11/100 ($ 16.804,11), mientras que los usuarios en MT ahorraron 61.536 kWh, consumieron en exceso 4.400.532 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 36/100 ($ 325.639,36).

Que en otro orden de cosas, la empresa "EDELAP S.A." informó mediante nota de ENTRADA 124.051 que, como consecuencia de un error de facturación coincidente con el cierre del período considerado para el cálculo de los valores Kp aprobados por Resolución ENRE Nº 850/ 2006, aplicó de manera incorrecta para el suministro de un usuario T2 de su área de concesión cargos adicionales equivalentes a $ 335.892.

Que una vez subsanado este error de facturación, la empresa constató que correspondía bonificar ese suministro por un ahorro equivalente a 1100 kWh.

Que este hecho produce una distorsión en la valorización de los premios que afecta el cálculo de los sucesivos Kp.

Que en este sentido, corresponde instruir a la distribuidora para que arbitre los mecanismos necesarios para aplicar la nueva valorización de la bonificaciones de la categoría T2 para el período comprendido entre los días 10/10/06 y 9/11/06.

Que por su parte, por nota de ENTRADA 123.957 el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, solicitó ser incluido dentro de las excepciones aprobadas por el organismo, asimilando a las dependencias de ese ministerio a las Fuerzas de Seguridad al momento de planificar toda reglamentación referente al servicio de energía eléctrica que alcance el área de concesión nacional.

Que atento el carácter de la solicitud, corresponde hacer lugar al pedido para aquellos consumos cuyo ciclo de lectura se inician a partir del día 10/11/2006.

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/11/2006 y 9/12/2006, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución.

Art. 2º — Rectificar el valor unitario de las bonificaciones (Kp) de los usuarios T2 de la empresa "EDELAP S.A." aprobado en la Resolución ENRE Nº 850/2006, el cual asciende a 0,305 $/kWh.

Art. 3º — Instruir a la distribuidora "EDELAP S.A." a que arbitre los mecanismos necesarios para aplicar la nueva valorización de la bonificaciones de la categoría T2 para el período comprendido entre los días 10/10/06 y 9/11/06, según consta en el artículo 2 precedente.

Art. 4º — Modificar el inciso l) del Anexo I de la Resolución ENRE Nº 355/2005, donde dice "Fuerzas de Seguridad dependientes del Ministerio del Interior y Fuerzas Armadas dependientes del Ministerio de Defensa, encuadrados en la categoría tarifaria T1. Aquellos que a partir de la implementación del PUREE no hayan sido exceptuados por no constar como tales en los sistemas comerciales de las Distribuidoras, deberán acreditar su condición en las oficinas comerciales de estas prestadoras mediante la presentación de la documentación correspondiente", deberá decir "Fuerzas de Seguridad dependientes del Ministerio del Interior, Fuerzas Armadas dependientes del Ministerio de Defensa y dependencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, encuadrados en la categoría tarifaria T1. Aquellos que a partir de la implementación del PUREE no hayan sido exceptuados por no constar como tales en los sistemas comerciales de las Distribuidoras, deberán acreditar su condición en las oficinas comerciales de estas prestadoras mediante la presentación de la documentación correspondiente".

Art. 5º — La modificación aprobada en el artículo 4 precedente tendrá vigencia para los suministros cuyos ciclos de lectura se inician a partir del día 10/11/2006.

Art. 6º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Art. 7º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martínez Leone. — Marcelo Baldomir Kiener. — Julio C. Molina. — Jorge D. Belenda.