MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 681/2006

Registro Nº 655/2006

Bs. As., 27/9/2006

VISTO el Expediente Nº 1.156.911/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 85 de fecha 15 de junio de 2006 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales, cuya copia fiel luce a fojas 33/35 del Expediente Nº 1.156.911/06, se declaró homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa SACME SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del sub examine.

Que se ha advertido que en el segundo considerando del acto administrativo individualizado en el primer párrafo del presente, se incurrió en un error material involuntario al mencionar como parte interviniente al SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL, toda vez que el mismo no ha sido parte en las presentes actuaciones.

Que en consecuencia, debe subsanarse el precitado error material a fin de evitar futuras confusiones, emitiendo el presente acto administrativo rectificatorio.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que la enmienda a efectuarse no altera en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta plenamente viable, conforme las prescripciones del Artículo 101 del Decreto Nº 1759/72, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, en los términos del cual se dicta el presente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rectifícase el segundo considerando de la Resolución Nº 85 de fecha 15 de junio de 2006 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales, el que quedará redactado en los siguientes términos: "Que en el Acuerdo las partes convienen el pago por parte de la empresa SACME SOCIEDAD ANONIMA a sus trabajadores encuadrados bajo la representatividad ejercida por la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA, de una suma de dinero mensual durante los meses de enero a junio de 2006, en concepto de gratificación extraordinaria".

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre la Resolución citada.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.156.911/06

Buenos Aires, 2 de Octubre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 681/06, se ha tomado razón de la aclaración del segundo considerando de la Resolución S.s. R.L. Nº 85/06, quedando registrado con el número 655/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.