MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 233/2006

Registro Nº 238/2006

Bs. As., 9/5/2006

VISTO el Expediente Nº 1.155.720/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 16/17 del Expediente Nº 1.155.720/06 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa SILILABEL SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado Acuerdo se suscribe en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 277/96, el que fuera celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA, renovado bajo el Nº 419/05.

Que las partes acreditan su facultad de negociar colectivamente conforme constancias del expediente.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los negociadores establecen que el presente convenio resulta de aplicación en el ámbito y conforme los términos del texto convencional.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa SILILABEL SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 16/17 del Expediente Nº 1.155.720/06.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 16/17 del Expediente Nº 1.155.720/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.155.720/06

Buenos Aires, 16 de Mayo de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 233/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 16/17 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 238/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación – D.N.R.T.

Expediente Nº 1.155.720/06

En la ciudad de Buenos Aires, a diez días del mes de marzo del año dos mil seis, siendo las 15:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí, Licenciada Liliana Ferreyra, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el Sr. MARTIN SOURIGUES, DNI 11.357.807, en representación de la firma SILILABEL S.A. con domicilio constituido en Sarmiento 1587 9º "6" Capital Federal, por una parte y por la otra lo hacen el Sr. Gerardo Leguizamon con DNI 7.949.481 en representación de La Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) constituyendo domicilio especial en la calle Pavón 4175 de Capital Federal y el Sr. Carlos Ruiz con DNI 14.286.633 en calidad de representante de la U.O.Y.E.P. Seccional Norte (Munro), quienes asisten a la presente audiencia quien asiste al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante se concede la palabra a las partes las que en conjunto y de común acuerdo manifiestan: Que conforme a los motivos expresados las partes acuerdan:

Primero: Para todo el personal comprendido dentro de las siguientes categorías que ocupa la empresa: PRODUCCION, MANTENIMIENTO Y ADMINISTRATIVOS.

Segundo: Se le abonará una suma no remunerativa en concepto de VIATICOS de hasta $ 200.00 (pesos doscientos) quincenalmente según Ley 20.744 art. 106; en compensación por el traslado de la planta de la localidad de Munro a Pilar (Pcia. Buenos Aires).

Tercero: El presente acuerdo regirá a partir del efectivo traslado del personal previa homologación del mismo.

Cuarto: El plazo del presente acuerdo es de tres (3) años.

Quinto: Se anexa a la presente la planilla de todos los trabajadores dando su conformidad.

Sexto: Las partes solicitan a este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la homologación del presente acuerdo.

Acto seguido la entidad gremial MANIFIESTA: Que a los fines de proceder a la homologación solicitada se deja constancia que en la empresa SILILABEL S.A., no se cuenta con delegados del personal, por tal motivo solicita a la autoridad de aplicación tenga presente dicha circunstancia.

Siendo las 16:00 hs. se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de los comparecientes por ante mí, que CERTIFICO.